Una oportunidad para erradicar la discriminación histórica contra los pueblos indígenas

Foto: Mincul

  • El siguiente artículo presenta las ventajas de contar con una Política Nacional de Pueblos Indígenas del Perú, un documento que permitirá a las poblaciones originarias garantizar el acceso a sus derechos.

Escribe: Valeska Ruiz Peña / Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas

 

Esta última semana, el Ministerio de Cultura (Mincul) retomó el proceso participativo para recoger los aportes de las bases de Aidesep, Conap, CCP, CNA, Cunarc-p, Femucarinap, Onamiap y Unca sobre la  propuesta de la política nacional de pueblos indígenas (PNPI).

Como se recuerda, el 2019, en el marco del Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas, el Mincul se comprometió a iniciar el proceso de elaboración de la PNPI; y el 2021 se prepublicó la propuesta donde se permitía remitir comentarios para su mejora. Dada la envergadura y alcance, es saludable que el Mincul atienda el pedido de recoger los aportes de las organizaciones en reuniones presenciales, pero deberá proveer mecanismos que permitan la participación efectiva de quienes serán la voz delegada de los 55 pueblos indígenas de nuestro país, esto implica asegurar las condiciones previas para la participación de hombres y mujeres en los 4 talleres macrorregionales propuestos para Cusco (12 y 13 de setiembre), Satipo (16 y 17 de setiembre), Chiclayo (22 y 23 de setiembre) y Tarapoto (6 y 7 de octubre).

Los persistentes desafíos para el Mincul, de acuerdo con sus funciones que justifican su creación, también serán el desarrollar un diálogo intercultural durante los talleres, dado que, si bien mantienen una coordinación interinstitucional con las representantes de las organizaciones nacionales pueblos indígenas, se requiere que el personal a cargo de acompañar este proceso cuente con las capacidades y conocimientos para entender, anotar y plasmar los aportes evitando discusiones políticas.

Asimismo, gestionar la información recogida y compartirla previamente con las organizaciones representantes nacionales a fin de luego trasladarla al CEPLAN y brindarles todo el contexto y justificación que les permita atender la real dimensión del problema público manifestado por quienes, de buena fe, asisten para aportar durante todo este proceso.

La PNPI, por su naturaleza, se constituirá como un instrumento para la gestión pública de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno, según lo determina la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE). De esta manera, su implementación buscará revertir el problema público que sea identificado y definido por las personas representantes de los pueblos indígenas, y cuya relación evidente es la falta de garantías estatales para que estas accedan al ejercicio de sus derechos fundamentales, individuales y colectivos, como parte de los pueblos indígenas.

[Ver además ► [Descarga PDF] Mujeres indígenas y derechos humanos: ¿cuáles son las brechas que enfrentan?]

La versión preliminar prepublicada el 2021 constituye la propuesta de base sobre la cual se construye el diálogo de las reuniones macrorregionales y en esta se plasma como situación futura deseada que “al 2030, en nuestro país, los pueblos indígenas u originarios andinos y amazónicos conocen y ejercen plenamente sus derechos colectivos en todo el territorio nacional en el marco de una ciudadanía y una democracia intercultural, así como, de un ambiente saludable y equilibrado, con el desarrollo de actividades ambientalmente sostenibles”.

Sin embargo, para dicho horizonte ha propuesto como problema público al “limitado ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios”, el cual debería ser sincerado y reconocer que el racismo estructural contra los pueblos indígenas es el problema que debemos revertir, y de esta forma establecer los objetivos prioritarios, lineamientos, estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar un camino dirigido a la visión futura deseada, considerando a la diversidad de las realidades regionales y locales, estableciendo los mecanismos de coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales y otras entidades, tal y como lo describe la LOPE.

Actualmente, las causas directas advertidas que deben superarse se relacionan con los derechos fundamentales colectivos a la tierra y territorios, libre determinación, desarrollo, conocimientos tradicionales, consulta, consentimiento, participación, la situación de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y los pueblos indígenas en contacto inicial, los derechos de las mujeres indígenas y los derechos relacionados con la situación de cambio climático.

El alcance de cada uno de estos derechos ya ha sido recogido por la administración de justicia nacional y son exigencias que debemos cumplir como país firmante de diversos tratados internacionales de derechos humanos. El resultado de todo este proceso de recojo de aportes permitirá al Mincul una gran oportunidad para establecer un camino hacia la erradicación de la discriminación histórica contra los pueblos indígenas y garantizar el reconocimiento y respeto de los derechos colectivos de los pueblos indígenas en su integridad.

[Ver además ► Fany Kuiru, líder indígena colombiana: “El cuidado de la Amazonía tiene rostro de mujer”]

 

 

 

 

 

 



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