Tráfico de fauna: liberan oso hormiguero que iba a ser comercializado en Cajamarca
martes 19 de enero, 2021
- Según Serfor, se trataba de un ejemplar joven, hembra, que estaba en buen estado de salud.
El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) liberó un oso hormiguero (Tamandua tetradactyla) que había sido abandonado en la carretera de la provincia de Jaén (Cajamarca) por traficantes que planeaban venderlo de manera ilegal.
Según Serfor, el ejemplar iba a ser comercializado en el sector Fila Alta, pero los captores finalmente optaron por abandonarlo, lo cual fue reportado por un grupo de personas a la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Cajamarca, órgano desconcentrado del Serfor.
Los especialistas de Serfor acudieron al rescate del oso hormiguero y comprobaron que se trataba de una hembra juvenil, estaba en buen estado de salud y mantenía su comportamiento natural. Por ello, el pasado 6 de enero, con el apoyo del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) el mamífero fue liberado en el sector “El Tigre”, ubicado al interior de los bosques montanos del Santuario Nacional Tabaconas Namballe, en la provincia de San Ignacio.
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El tráfico de fauna es un delito
Tras el hecho, el organismo recordó que la principal motivación del tráfico de fauna silvestre en el país es la demanda de animales vivos para mascotas. Asimismo, explicó que la tenencia, posesión, adquisición ilegal de la fauna silvestre, además de constituir una infracción administrativa que conlleva al pago de multas, constituye un delito que puede llevar a la cárcel.
El oso hormiguero es un mamífero que se alimenta casi exclusivamente de hormigas y termitas, lo que los convierte en una especie benéfica para el mantenimiento del bosque al depredar a las termitas que suelen atacar a los árboles, evitando así su deterioro, además de controlar las poblaciones de estos insectos.
La Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, mediante el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, señala en el artículo 191, inciso 3 literal A, que es una infracción muy grave “cazar, capturar, colectar, poseer, adquirir, vender, transformar, almacenar, comercializar, importar o exportar especímenes, productos o subproductos de fauna silvestre sin contar con la autorización correspondiente”.
Por ello, cualquier persona que incumpla lo establecido en el art 191, es considerado un infractor a la legislación nacional, y por lo tanto se convierte en cómplice del tráfico ilegal de fauna silvestre.
Dato:
- El Serfor informó que las denuncias de infracciones y delitos en materia forestal y de fauna silvestre, se realiza a través de ALERTA SERFOR http://appweb.serfor.gob.pe/alertaserfor/, un aplicativo web que permite a las personas dar a conocer estos actos de manera voluntaria y anónima.
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