Suspenden multa de S/ 129 millones contra Tamshi por operar sin autorización ambiental
jueves 4 de febrero, 2021
- Ojo Público reveló detalles sobre la decisión tomada por el Sexto Juzgado Constitucional de Lima a favor de la empresa y que fue impuesta porque esta no cuenta con el certificado ambiental respectivo.
Una reciente investigación de Ojo Público detalla la resolución de la jueza Rocío del Pilar Rabines Briceño, del Sexto Juzgado Constitucional de Lima, emitida el 11 de enero de este año, donde se ordena la suspensión provisional de la multa de S/ 129 millones contra la empresa Tamshi SAC, impuesta en primera instancia por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), por operar sin certificado ambiental.
Además de la suspensión de la sanción económica, también se dejó sin efecto las medidas correctivas contra la empresa del sector cacao, entre las que sobresale la paralización de sus operaciones. El Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA será la instancia encargada de confirmar o no la millonaria multa contra la compañía que opera en Tamshiyacu (Loreto).
Según el documento, Rabines Briceño se basó en un fallo de noviembre de 2020 a raíz de una medida cautelar presentada por Tamshi a fin de no ser sancionada por OEFA. Pese a que este fue declarado improcedente, la magistrada ordenó que la compañía “continúe con su actividad de cultivo de cacao, con pleno respeto del medio ambiente”.
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La jueza indica que el pedido de la empresa fue adecuado y que de no darse la suspensión de forma provisional de la multa, se estaría validando actos de la administración, que a prima facie [primera vista] se aprecia como una decisión arbitraria”.
Para Jean Pierre Araujo, director de la Iniciativa de Justicia Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), este tipo de medidas reflejan el problema de “no tener jueces especializados [que entiendan los procesos] en materia ambiental en sedes contencioso administrativas y constitucionales. Pueden ser sorprendidos”.
No obstante, Araujo precisó que si bien este fallo suspende los efectos de la primera instancia, la apelación continúa en curso y no impide un nuevo pronunciamiento del Tribunal del OEFA y que podría ratificar la millonaria multa. Sin embargo, de no estar de acuerdo con la decisión de esta instancia, Tamshi podría presentar una nueva medida cautelar ante el Poder Judicial.
Vínculos de la magistrada
En su investigación, Ojo Público también reveló que la jueza Rocío del Pilar Rabines Briceño es tía paterna de Rodrigo Rabines Matta, abogado que fue asociado senior del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, firma que representa a Tamshi SAC. Actualmente, la pareja de este es asociada en el bufete que tiene a Alonso Rey Bustamante como apoderado de Tamshi SAC, desde enero de 2017.
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Al ser consultado sobre estos vínculos, Alonso Rey señaló que desconocía el parentesco de Rodrigo Rabines con la jueza e indicó que este se desvinculó del estudio en marzo de 2019 y que desde el aspecto legal no hay ningún problema con la pareja de este, debido a que no guarda ningún parentesco con la jueza.
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Un hecho que llama la atención es que OEFA recibió una carta notarial el 15 de enero, firmada por Rey, y en la que se informa sobre la resolución de la medida cautelar a favor de Tamshi y que adjuntaba la resolución del Poder Judicial sin la firma de la jueza. Es decir, que la autoridad en fiscalización ambiental se enteró de la resolución antes de que sean notificados formalmente.
Caso Tamshiyacu
La historia de Tamshi S.A.C. está relacionada a varios procesos e investigaciones. Una de las más mediáticas inició en 2013 con el caso de Tamshiyacu, localidad ubicada en el distrito loretano de Fernando Lores, donde la entonces empresa Cacao Perú Norte SAC (ahora Tamshi) iniciara trabajos y, posteriormente, enfrentara un juicio que culminó, en primera instancia, con una sentencia por el delito de tráfico ilegal de madera.
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Rubén Antonio Espinoza, exgerente de la empresa, fue condenado a ocho años de cárcel efectiva y se determinó una reparación civil de S/ 15 millones a favor del Estado. Sin embargo, el 18 de diciembre de este año, en segunda instancia, la sala de apelaciones de Loreto revocó la sentencia contra Espinoza, así como la millonaria indemnización. Ante esta situación, la fiscalía de Loreto y la Procuraduría del Ministerio del Ambiente (Minam9 apelaron el fallo mediante un recurso de casación ante la Corte Suprema de Lima.
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