SPDA pide archivar proyecto de ley que busca aplazar la prohibición del tecnopor

Foto: Tv Perú

  • Análisis legal de la SPDA señala que propuesta de la bancada fujimorista debilita las estrategias para avanzar hacia un uso y consumo responsable de productos plásticos, y vulnera los derechos constitucionales a la salud y al ambiente de la ciudadanía.

[Lee y descarga el análisis legal]

A través de un análisis legal, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) pidió al Congreso desestimar y archivar el proyecto de ley presentado por la bancada fujimorista para aplazar la prohibición del poliestireno expandido, más conocido como teconopor, por dos años más.

Como se recuerda, el próximo 20 de diciembre iba a comenzar la prohibición de fabricación, importación, distribución, entrega, comercialización y uso de recipientes de tecnopor. Sin embargo, el pasado 6 de octubre, el congresista Jorge Morante (Fuerza Popular) presentó el Proyecto de Ley 399/2021-CR que plantea, en su artículo 2, prorrogar esta medida hasta el 2023.

La SPDA considera que este tipo de propuestas solo “debilita y pospone las estrategias necesarias para avanzar hacia un consumo y uso responsable de productos plásticos” y recuerda que “la industria tuvo una amplia participación al momento de elaborar la Ley 30884 y por ello se establecieron plazos progresivos y razonables, que permitieran a la industria cumplir con las obligaciones establecidas”.

“Postergar y aplazar lo que ya ha sido un plazo razonable no significa una verdadera solución al problema de la contaminación generada por el uso de dichos productos ni supone un mecanismo de incentivo adecuado y/o idóneo para promover la adecuación a los objetivos de la Ley 30884”, agregó.

Según el Ministerio del Ambiente (Minam), los productos fabricados con poliestireno expandido (tecnopor) generan impacto en la salud de los seres vivos y en el ambiente ya que “pueden transferir estireno y benceno, que son componentes tóxicos y cancerígenos cuando se expone a altas temperaturas, grasas y ácidos”, porque no pueden ser reciclados, y su empleo “afecta negativamente al sistema respiratorio, el sistema nervioso y el sistema reproductivo del ser humano”.

Por lo tanto, señaló la SPDA en su análisis legal, prorrogar la prohibición de estos productos hasta el 19 de diciembre de 2023 “es abiertamente incompatible con las obligaciones del Estado peruano, perjudicando sus metas de atención de este problema ambiental y de salud pública”.

Observaciones al proyecto de ley

La SPDA también se refirió a la exposición de motivos del proyecto de ley presentado por la bancada fujimorista. Según la organización, la propuesta legislativa no considera la información anual de las entidades estatales respecto a la implementación de la “Ley de plásticos” y su reglamento que han debido entregar al Congreso desde el 2019. Tampoco toma en cuenta la información de la Comisión Técnica establecida para el seguimiento de la mencionada ley.

“[La Comisión Técnica] se ha instalado el año pasado con la participación de los fabricantes y de los gremios o asociaciones empresariales de los micro y pequeños empresarios. En esa línea, ni el proyecto de ley ni la exposición de motivos justifican razonablemente la prórroga de la prohibición ni la vinculación del uso de este tipo de plásticos con la recuperación económica de microempresarios”, apuntó la SPDA en su informe.

Por otro lado, el análisis legal resalta que el proyecto de ley fue derivado a las comisiones de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas, y de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, pero no consideró a la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, a pesar de que “esta última analizó las propuestas legislativas que dieron como resultado la promulgación de la Ley 30884, precisamente la Ley que este proyecto legislativo pretende modificar. Por ser un tema asociado a la protección del bien jurídico ‘ambiente’ es trascendental que esta iniciativa sea derivada a la mencionada comisión”.

Por estos motivos, la SPDA concluye que “la propuesta legislativa bajo análisis vulnera los derechos constitucionales a la salud y al ambiente de la ciudadanía. Asimismo, significa una regresión respecto a los avances institucionales y normativos que a la fecha han venido contribuyendo a la conversión de la matriz industrial del plástico hacia una más sostenible y resulta abiertamente incompatible con los principios jurídicos de prevención y de mejora continua”.

Lee en línea el análisis legal de la SPDA:



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