Sesión del Congreso: SPDA expuso sobre norma que limita sanciones en casos como derrames de petróleo

La última sesión de la Comisión Investigadora Multipartidaria para determinar las responsabilidades por los derrames de petróleo ocurrido en el Oleoducto Norperuano, contó con la participación de representantes de la sociedad civil, con el fin de dar una mirada más amplia al problema que impactó sobre la biodiversidad y la población amazónica de nuestro país.

Entre los invitados estuvieron Carol Mora, asesora legal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), Carlos Rivera del Instituto de Defensa Legal (IDL), además Juan Castillo de la Coalición Nacional de Sindicatos de Petroperú. Ellos expusieron sus análisis y perspectivas sobre los derrames de hidrocarburos y del desempeño de las entidades estatales involucradas, así como de los procedimientos administrativos y judiciales.

Mora Paniagua destacó las implicancias de la aplicación del artículo 19° de la Ley 30230 en el caso de los derrames de petróleo, ya que consideró que este limitó las acciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) mediante la creación de un régimen especial de fiscalización ambiental, que promueve la aplicación de “medidas correctivas destinadas a revertir la conducta infractora” y evitar la imposición de multas.

La especialista señaló que en el caso del derrame ocurrido en Cuninico, distrito de Uraninas, provincia y departamento de Loreto, sólo se pudo ordenar a Petroperú la reparación del daño ambiental generado, a pesar de haberse comprobado el incumplimiento de la empresa pública por no dar mantenimiento preventivo al Oleoducto Norperuano. Solo después de dos años de ocurrido el derrame, en el 2016, OEFA pudo sancionar a Petroperú por haber incumplido la medida correctiva de remediación ambiental.

Por ello, la abogada saludó las iniciativas legislativas 269/2016-CR y 657/2016-CR que proponen la derogación de dicho artículo y expresó su desconformidad con el proyecto de ley 1076/2016-CR que propone la ampliación del plazo de la aplicación del artículo 19° de la Ley 30230, sólo para MYPES.

Por su parte, Carlos Rivera del IDL informó que en el caso de Cuninico, aún no se han implementado las medidas cautelares, tal como dictó el Ministerio Público. Estas medidas establecían que en un plazo de 30 días se debía diseñar un plan de salud para la población del lugar, pero “hasta ahora no se ha hecho nada”. Según Rivera, las autoridades deben realizar un examen toxicológico y epidemiológico a los pobladores de la zona afectada.

Finalmente, Juan Castillo More acusó que había una campaña en contra Petroperú para conducirla hacia la privatización por parte de sectores interesados. Este grupo solicitó una próxima convocatoria para ampliar su exposición.

NOTA:

* La Comisión es presidida por el congresista César Villanueva Arévalo (Alianza por el Progreso), y contó con la participación de los legisladores María Elena Foronda (Frente Amplio) y Armando Villanueva (Acción Popular).

* Revisa la opinión legal de la SPDA que apoya la derogación del Art. 19° de la Ley N° 30230 aquí.

* Mira la presentación de Carol Mora aquí.



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