- El Perú tiene la segunda población más grande de esta especie categorizada como «Casi amenazada».
Con el fin de asegurar la preservación y el hábitat del jaguar (Panthera onca), cuyo rango de distribución en el continente americano se redujo casi el 50%, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), en coordinación con el Ministerio del Ambiente (Minam) y el Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (Sernanp), se unieron para elaborar el Plan Nacional de Conservación del Jaguar.
Según Serfor, el Perú registra la segunda población más grande de este felino. Por ello, el documento de gestión que se elabora tiene como objetivo asegurar la supervivencia de esta especie, considerada como el tercer felino más grande del planeta, y que hoy está amenazada debido a la disminución de su hábitat, el comercio ilegal de sus partes y el conflicto con los humanos por afectar al ganado.
Para formular la estructura del plan se tiene previsto realizar cinco talleres virtuales que estarán dirigidos por el Serfor en coordinación con el Minam a través de la Dirección General de Diversidad Biológica y el Sernanp, y contarán con la participación de organizaciones públicas y privadas que aportarán información y se involucrarán para asumir tareas específicas que permitan alcanzar los objetivos.
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Entre los participantes figuran representantes de 12 gobiernos regionales, varios de los cuales se encuentran en el rango de distribución del jaguar, del Ministerio Público, del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor), Policía Nacional del Perú, los ministerios de Educación, Cultura, Relaciones Exteriores, y Comercio Exterior y Turismo. Además, instituciones científicas, ONG y comunidades indígenas, a través de sus organizaciones representativas.
Desde el año 2020, el jaguar (Panthera onca) está incluido en el Apéndice I y II de la Convención sobre las Especies Migratorias de Animales Silvestres (CMS); además, está categorizado como “Casi Amenazado” por el Decreto Supremo 004-2104-MINAGRI, y está en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Ilegal de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), por lo cual es sumamente importante establecer medidas nacionales de protección para conservar esta especie.
La Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, prevé la elaboración de planes de conservación como una medida para asegurar el aprovechamiento sostenible, conservación y protección de los recursos forestales y de fauna silvestre. Además, tiene un alcance nacional.
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