El Ministerio del Ambiente (Minam) publicó el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Estándar de Calidad Ambiental (ECA) para aire, el cual será sometido a consulta pública por un plazo de diez días hábiles (ver resolución).
El ECA es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el ambiente (aire, agua o suelo) que no representa riesgo significativo para la salud de personas ni del ambiente.
El ECA para aire está compuesto por diez parámetros, pero el que podría generar mayor controversia -con esta nueva medida- es el relacionado al dióxido de azufre, según informó el diario Gestión. El proyecto del ministerio eleva el parámetro de emisión de dióxido de azufre de 20 a 250 microgramos por m3.
“Esta flexibilización venía siendo solicitada tanto por los trabajadores como posibles nuevos inversores del Complejo Metalúrgico de La Oroya. Tal es así que las primera subastas del complejo realizadas en las últimas semanas no tuvieron éxito pues se estaba a la espera de este cambio en la normativa ambiental”, explicó el diario.
Ajustes del Minam
Sobre esta medida, el viceministro de Gestión Ambiental, Marcos Alegre, refirió que el cambio se dio teniendo en cuenta que otros países como Chile y Colombia tienen el parámetro de 250, por lo que el límite de 20 resultaba muy exigente.
“La Organización Mundial de la Salud recomienda el límite de 20 como valor meta, como valor ideal, pero también establece valores intermedios. Ningún país del mundo tiene los 20. La propuesta está más acorde con la realidad”, agregó Alegre.
Aclaró además que la ciudad de La Oroya cuenta con una norma especial, emitida el 2013, que le permite tener un nivel de emisión de dióxido de azufre de hasta 365 microgramos por m3.
Los parámetros
El ECA para aire está compuesto por diez parámetros: benceno, dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, plomo, material particulado PM2,5, material particulado PM10, monóxido de carbono, hidrocarburos totales (expresados como hexano), ozono y sulfuro de hidrógeno, cada uno de los cuales tienen un valor específico.
El ministerio sostiene que la propuesta de norma sincera los indicadores de estos parámetros, con el objetivo de mejorar la calidad del aire.
“Algunos de los parámetros más sensibles como el indicador de plomo no se ha modificado. Se sincera el material particulado PM10 de 150 a 100 haciéndolo más estricto respecto al nivel de partículas en el aire. Asimismo, se incluye el parámetro mercurio, teniendo en consideración los efectos que puede generar en la salud humana”, señaló Marcos Alegre.
Agregó que la normatividad vigente es dispersa y requería ser actualizada a la luz de los cambios normativos e institucionales registrados en los últimos 16 años, desde la aprobación de los primeros ECA para aire.
“Se trata de un estándar nacional, que considera las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, así como la evaluación efectuada por la OCDE en la Evaluación de Desempeño Ambiental del Perú, las Recomendaciones 25 y 26, así como los Objetivos de Desarrollo Sostenible hacia el 2030”, anotó.
DATO:
El proyecto de Decreto Supremo está publicado en el portal institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe/consultaspublicas) para recibir las opiniones y sugerencias de los ciudadanos por un plazo de diez (10) días hábiles. Las opiniones y/o sugerencias deben presentarse vía correo electrónico a la siguiente dirección: ecaylmp@minam.gob.pe, o por escrito al Ministerio del Ambiente (Av. Javier Prado 1440, San Isidro).
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