Publican decreto que crea el área de conservación regional sobre las lomas de Lima
sábado 7 de diciembre, 2019
- De acuerdo al decreto supremo, se unirán cinco lomas en un solo sistema y se dará un plazo de 9 meses para la aprobación del Plan Maestro de esta nueva ACR que será administrada por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Hoy, a través de las Normas Legales del diario El Peruano se publicó el decreto supremo que establece el Área de Conservación Regional Sistema de Lomas de Lima, una iniciativa que tiene como fin proteger estos ecosistemas frágiles que por años han estado en peligro de desaparición.
Según el Decreto Supremo 011-2019-Minam, el ACR posee una superficie de 13 475.74 hectáreas y que representan la unión de las Lomas de Ancón, Carabayllo 1 y 2, Lomas de Amancaes y Lomas de Villa María, ubicadas en los distritos de Ancón, Carabayllo, Independencia, Rímac, La Molina, San Juan de Lurigancho y Villa María del Triunfo.
El objetivo del ACR, de acuerdo al documento, es conservar los ecosistemas de lomas, su diversidad biológica y patrimonio cultural asociado, las cuales forman parte de la ecorregión Desierto de Sechura. De esta manera se garantiza la provisión de servicios ecosistémicos en beneficio de las poblaciones locales y, además, se contribuye a la mitigación del cambio climático.
El ACR será administrada y financiada con cargo al presupuesto institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sin demandar recursos adicionales al Estado. El municipio es responsable, además, de reportar el estado de la conservación del área de acuerdo a las coordinaciones y procedimientos establecidos por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) y con el Ministerio de Cultura en el caso de la existencia de patrimonio cultural asociado.
Por su parte, el Sernanp brindará orientación y apoyo técnico para la gestión del ACR de acuerdo a sus funciones y competencias; y el Ministerio de Cultura, de acuerdo a sus competencias, regula lo concerniente a los bienes culturales asociados.
El establecimiento de dicha área no limita la ejecución de obras de infraestructura vial, de servicios públicos, así como el desarrollo de actividades o proyectos en su interior, ya sean de naturaleza pública, privada o público-privada, que sean aprobados por la autoridad competente en el marco de sus atribuciones, siempre y cuando estén en armonía con su objetivo de creación.
Finalmente, el decreto señala que ahora se debe trabajar en un Plan Maestro que debe ser aprobado en un plazo no mayor a 9 meses. Según Sernanp, el Plan Maestro es una herramienta de gestión de las áreas naturales protegidas, es un documento de planificación de alto nivel que orienta el desarrollo de la gestión participativa del área.
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