Poder Judicial reafirma que las diez primeras millas son para la pesca destinada al consumo humano
lunes 20 de enero, 2014
La Cuarta Sala de la Corte Superior de Justicia declaró improcedente el pedido del Sindicato Único de Pescadores de Nuevas Embarcaciones (Supnep) para que se dejara sin efecto legal el Decreto Supremo 011-2013-PRODUCE, norma que reserva las diez primeras millas marinas para el consumo humano directo.
Con ello, según el Ministerio de la Producción (Produce), la norma del ordenamiento pesquero continúa plenamente vigente, por lo que las grandes embarcaciones solo pueden realizar sus actividades a partir de la milla diez hacia adelante, en el caso de la zona norte centro.
Como se recuerda, el D.S. 011-2013-PRODUCE fue emitido para cumplir lo ordenado por la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, que declaró ilegal el inciso 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo 005, que fue la primera norma que emitió el Produce para el ordenamiento pesquero.
La sentencia judicial le otorgó al Produce un plazo de hasta el 15 de diciembre del 2013 para formular una nueva norma, pero al mismo tiempo reconoció su exclusiva competencia en el ordenamiento pesquero.
El Produce emitió el D.S. 011-2013-PRODUCE, incluyendo en sus considerandos la respectiva evidencia científica del ordenamiento de la anchoveta, tal como lo requirió la sentencia de la Corte Suprema.
En declaraciones a La República, el Procurador Público Especializado en Materia Constitucional, Luis Huerta, declaró que el ordenamiento pesquero sigue vigente y que la pesquería industrial solo puede realizar actividades a partir de las diez millas.
Asimismo, explicó que el DS 011-2013-PRODUCE tiene tres grandes objetivos que son proteger los recursos hidrobiológicos, aumentar la biomasa y promover el consumo directo.
PRODUCE CORRIGIÓ ERROR
La directora del Programa de Ciudadanía y Asuntos Socioambientales de la SPDA, Carmen Heck, señaló que «la sentencia de la Corte Suprema no puso en duda que PRODUCE tiene la facultad de definir zonas de pesca, o cualquier otra medida de ordenamiento pesquero».
Heck indicó que la decisión de la Cuarta Sala de la Corte Superior es acertada: «El DS 011-2013-PRODUCE busca justamente cumplir lo dispuesto por la Corte Suprema, corrigiendo los errores del DS 005-2012-PRODUCE, referidos a la falta de mención del sustento científico para el establecimiento de la nueva zona de pesca para embarcaciones de menor escala, en los considerando de dicha norma».
«Esperamos que con esta última decisión del Poder Judicial se zanje la discusión respecto a la legalidad del establecimiento de esta zona de pesca, de forma que las autoridades pesqueras puedan enfocarse en su correcta implementación, siendo una de las tareas principales implementar sistemas de control adecuados para las embarcaciones artesanales y de menor escala», apuntó la abogada.
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