Perú: ¿qué está pendiente para asegurar la conservación del agua y el acceso a este recurso?

Foto: Andina

  • Durante el II Foro “Unidos por el agua y saneamiento”, se presentó el plan para fortalecer los proyectos de infraestructura natural en el Perú. Además, se trató sobre la necesidad de que la Ley de Acceso Universal al Agua se reglamente.
  • En Perú, 3.15 millones de personas no tienen acceso al agua potable, según el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento[1].

Escriben: Grecia Medina y Francisco Rivasplata / Programa de Política y Gobernanza Ambiental de la SPDA

 

El pasado 19 y 20 de septiembre se desarrolló el II Foro “Unidos por el agua y saneamiento” organizado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Este espacio reunió al sector público, privado, sociedad civil y público en general con el propósito de definir y establecer objetivos ambiciosos que garanticen la disponibilidad y el manejo sostenible del agua y el saneamiento en beneficio de toda la población peruana.

Este espacio busca contribuir al trabajo que viene desarrollando el país para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en especial del ODS 6: “Garantizar la disponibilidad de agua y su gestión sostenible y el saneamiento para todos“.

Durante este foro, se presentó el Plan de Trabajo del Grupo de Infraestructura Natural del Pacto por el Agua, que tiene como objetivo fortalecer los proyectos de infraestructura natural en el Perú a fin de que puedan perdurar con el tiempo. Asimismo, se resaltó la necesidad de que la Ley 32065,  Ley de Acceso Universal al Agua, se reglamente.

¿Qué es la infraestructura natural?

La infraestructura natural es la red de espacios naturales que conservan los valores y funciones de los ecosistemas, proporcionando servicios ecosistémicos[2], que son beneficios tangibles e intangibles para la sociedad, por ejemplo la regulación hidrológica, secuestro de carbono, mitigación de inundaciones, regulación del clima, control de la erosión, entre otros[3]. Considerando de esa manera a la red de espacios naturales como ecosistemas recuperados y conservados. 

En el Perú, si bien la promoción de proyectos relacionados con la conservación, protección y sostenibilidad de la infraestructura natural es una tarea que ya está dando sus primeros pasos, aún sigue siendo uno de los principales retos. 

Foto: Diego Pérez

Durante el Foro, Fernando Momiy, director de NIWS (Proyecto Infraestructura Natural para la Seguridad Hídrica), destacó la importancia de apostar por la infraestructura natural. En ese contexto, explicó que los pajonales, humedales, bosques y pastizales deben ser aprovechados de forma sostenible, por lo que se deben identificar las zonas de infiltración y, sobre todo, desarrollar un trabajo articulado con las comunidades. 

“Es importante trabajar con comunidades para la conservación de estas zonas de infiltración. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento está permitiendo que se trabaje directamente con las comunidades, quienes son las poseedoras o propietarios de los territorios donde están los ecosistemas”, precisó Momiy[4].

Sobre el plan que promueve proyectos de infraestructura natural

Para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en la primera edición del Pacto por el Agua, que se desarrolló en el 2023, se conformó el Grupo de Trabajo de Infraestructura Natural del Pacto por el Agua (GTIN), conformado por diversas instituciones públicas y privadas, como Forest Trends, GIZ, Banco Interamericano de Desarrollo BID, Cerro Verde, Pontificia Universidad Católica del Perú, Aquafondo, MVCS, Ministerio de Ambiente, SPDA, entre otras.

Este grupo de trabajo tiene como objetivo generar evidencia en Infraestructura Natural, replicar buenas prácticas para el escalamiento de la infraestructura natural, y fortalecer la gobernanza de la infraestructura natural.

En ese contexto, durante el evento “Infraestructura natural y conservación de las fuentes de agua” desarrollado durante el foro, se presentó el Plan de Trabajo del Grupo de Infraestructura Natural del Pacto por el Agua. 

Este plan busca incidir en el incremento de inversiones sostenibles en infraestructura natural bajo una estrategia que incluye precisar y definir en métricas el aporte de la infraestructura natural, difundir modelos de gestión replicables y escalables, establecer mecanismos de difusión de beneficios, así como consolidar herramientas de gobernanza. 

“El Plan de Trabajo del Grupo de Infraestructura permite la incidencia en el establecimiento de las inversiones sostenibles para favorecer la seguridad hídrica en los territorios con objetivos específicos de necesidad de crear incidencia del intercambio de buenas prácticas”,  resaltó Cesarina Quintana, directora adjunta de Gobernanza de NIWS.

Cabe precisar que estos objetivos y estrategias del plan se lograrán en tanto haya un compromiso firme de los integrantes del grupo, así como el compromiso político del MVCS. 

Sobre la reglamentación de la Ley de Acceso Universal al Agua

Otro punto importante de discusión en el foro fue la necesidad de que la Ley 32065, Ley de Acceso Universal al Agua, se reglamente. 

Esta norma, que fue publicada el 20 de junio de 2024, tiene como objetivo fortalecer el marco normativo para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento a nivel nacional, así como establecer medidas para el fortalecimiento de los prestadores de servicios de agua y saneamiento, y establecer competencias y funciones de las entidades de la administración pública.

Durante el foro, Max Carbajal, director general de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS, señaló cuál es la brecha actual de los peruanos y peruanas que no tienen acceso al agua.

“Esta norma busca cerrar la brecha actual por la que 3,15 millones de personas no tienen acceso al agua potable, de las cuales 1,79 millones pertenecen al ámbito urbano y 1.36 millones a las zonas rurales. Por consecuencia, 6.4 millones de hogares no tienen acceso a agua segura”, comentó. 

Foto: Marco Garro / Ojo Público

Actualmente, la reglamentación sigue pendiente. La ley estableció un plazo de 120 días para la aprobación del reglamento, el cual vence el 19 de octubre. Hay que recordar que el 17 de agosto se publicó la propuesta de reglamento para aportes. El proyecto de reglamento recibió comentarios de diversos actores, entre ellos, del Proyecto NIWS, hasta el pasado 2 de septiembre.

El reglamento es importante porque en este se deben plasmar las disposiciones óptimas para una implementación efectiva de la norma con el objetivo de proporcionar agua potable a la ciudadanía que carece de este servicio esencial, mediante el uso de tecnologías no convencionales o alternativas. 

Temas pendientes 

La reglamentación del Decreto Legislativo 1620, que modifica el Decreto Legislativo 1280, el cual aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, es un pendiente a cargo del MVCS. El Decreto Legislativo 1620 otorgó un plazo de 180 días para su reglamentación, el cual venció el 19 de junio de este año. La reglamentación de esta norma es importante debido a las modificaciones introducidas por la nueva normativa en relación a la administración y ejecución de los fondos de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MERESE), las nuevas cláusulas para la gestión del riesgo de desastres, del fortalecimiento de las Empresas Prestadoras de Servicios, entre otros cambios introducidos por el Decreto Legislativo 1620.

Un aspecto destacable de esta norma es que se introdujo el principio de confiabilidad de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento. A partir de este principio se estableció que los servicios de agua potable y saneamiento deben presentar la menor probabilidad de falla posible. “Esto se alcanza a través de medidas que garanticen la confiabilidad de la fuente, destinada a su potabilización; así como, la confiabilidad de los sistemas, en un contexto de cambio y variabilidad climática, fomentando para ello fuentes redundantes o de contingencia, fuentes diversificadas; a fin de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento ante eventos extremos o riesgo de desastres ocasionados por fenómenos naturales o inducidos por la acción humana” [5].

En ese sentido, el MVCS se encuentra elaborando la “Hoja de Ruta de Confiabilidad de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento” para alcanzar la confiabilidad de la fuente, los sistemas y una confiabilidad transversal. La primera implica la conservación y diversificación de las fuentes. La segunda, implica una evaluación de los riesgos de desastres en la infraestructura e inversiones sostenibles y planificadas con enfoque de cuenca. Por último, la confiabilidad vista de manera transversal implica la gestión del riesgo de desastres, la adaptación y mitigación al cambio climático y a los eventos extremos, el fortalecimiento de la planificación y coordinación multisectorial y la promoción de la inversión y mejora de capacidades.

Por otro lado, la elaboración y aprobación del Plan de Trabajo del Grupo de Infraestructura Natural del Pacto por el Agua es un gran avance en la articulación de actores de la sociedad civil, del Estado y del sector empresarial para garantizar las fuentes de agua y la seguridad hídrica. Sin embargo, una tarea pendiente es la implementación de dicho Plan, el cual considera objetivos, estrategias y acciones a realizar por parte de sus miembros. Por ello, es necesario recalcar que se debe asegurar el compromiso político mostrado por el MVCS y el Minam tras la suscripción del Pacto, el cual alude a una colaboración integral en donde cada actor debe asumir un rol y liderazgo.  

 

 

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  1. Datos mencionados en el II Foro “Unidos por el agua y saneamiento”
  2. Inciso 5 del artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo 1252
  3.  Proyecto NIWS. Disponible en <https://forest-trends.org/infraestructura-natural-en-peru/>
  4. Las palabras fueron mencionadas durante el evento “Confiabilidad del Abastecimiento: Una mirada de la seguridad hídrica desde los servicios de agua potable y saneamiento” del Foro.
  5.  Cita tomada del Decreto Legislativo 1620: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2247004-3


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