- «¿Por qué tanto silencio de la empresa Repsol desde el inicio?, ¿por qué una actitud tan fría, irresponsable e inhumana en desmedro de la naturaleza, de los estándares ambientales y del ecosistema donde realizan su operación?, ¿es así como se llevan a cabo las operaciones de las empresas de hidrocarburos que contratan con el Estado peruano?, ¿es este el tipo de inversión privada que queremos en nuestro país?».
Escribe Alfredo Gálvez / Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la SPDA
El derrame de 6 mil barriles de petróleo por parte de la empresa Repsol en nuestro mar, no solo ha ocasionado uno de los más grandes desastres ambientales en la historia del Perú, sino es uno de los más graves ocurridos en el ámbito de áreas naturales protegidas marino-costeras de Latinoamérica[1], considerando que el mar peruano es uno los mares más productivos del planeta y que este hecho se dio en una de las pocas zonas de la costa donde confluyen dos áreas naturales protegidas: la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras (al menos 7 islas y puntas desde Lima hasta Áncash) y la Zona Reservada Ancón.
Duele profundamente pensar que, en esta zona clave de la costa, hace dos semanas habitaban ejemplares de las pocas nutrias marinas (Lontra felina) que existen en el mundo, considerada en la lista de roja de especies en peligro de extinción de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y amenazada según la legislación nacional (Decreto Supremo 004-2014-Minagri). Hoy, producto de este desastre de efectos incalculables, han sido probablemente exterminadas. Asimismo, muchas otras especies de aves guaneras, mamíferos marinos y peces, considerados como especies claves y objetos de conservación de estas dos áreas protegidas, han corrido la misma suerte. Los impactos no solo se centran en los ecosistemas y especies, sino también en las miles de familias afectadas que viven de la pesca, el comercio, el turismo y otras actividades en torno a estas áreas protegidas, y que desde hace dos semanas no tienen qué llevar a la mesa de su hogar.
Por si fuera poco, a la evidente inacción por parte de le empresa Repsol, se sumó un segundo derrame de 8 barriles, lo cual agrava incluso más la situación y ello nos hace cuestionarnos: ¿por qué tanto silencio de la empresa Repsol desde el inicio?, ¿por qué una actitud tan fría, irresponsable e inhumana en desmedro de la naturaleza, de los estándares ambientales y del ecosistema donde realizan su operación?, ¿es así como se llevan a cabo las operaciones de las empresas de hidrocarburos que contratan con el Estado peruano?, ¿es este el tipo de inversión privada que queremos en nuestro país?
Uno de los hechos más cuestionables a los días posteriores al derrame, fue la total ausencia de medidas y equipos de contención inmediatos de Repsol. Esto nunca lo vimos y este hecho nos lleva a ser muy críticos con los planes e instrumentos que presentan estas empresas ante las entidades del Estado. Es realmente alarmante, sobre todo, que no cuenten con la mínima tecnología ni las herramientas adecuadas para poder hacer la limpieza y contención del crudo en los casos de derrames en mar (Skimmers, barreras de contención flotantes, embarcaciones, desnatadores, etc). En este caso, a cambio de la tecnología disponible ante derrames de petróleo, optaron por enviar pequeños grupos de personas a las playas con mamelucos blancos que, con recogedores y rastrillos, escondían el crudo bajo la arena la zona de la orilla, sin resolver realmente el problema inmediato.
Es sumamente triste ver la grave afectación a ecosistemas especiales, sensibles, únicos, que por años han sido estudiados y evaluados[2] para ser establecidos como áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe) y que, de la noche a la mañana, estén perdiendo gran parte de su riqueza. Es lamentable que nos estén dejando ecosistemas degradados y cuyo estándar de biodiversidad que hizo que el Estado peruano los protegiera, hoy esté dañado.
Por lo pronto, corresponde al Sernanp, no solo como ente rector del Sinanpe, sino como entidad de fiscalización ambiental, iniciar un procedimiento administrativo sancionador por el incumplimiento a la legislación sobre áreas naturales protegidas (ANP)[3]. Es en esta norma en la que se contempla como infracción aquella relacionada a la contaminación de la diversidad biológica presente en ANP, a través de la introducción de elementos físicos, biológicos y sustancias tóxicas, lo que la califica como una infracción muy grave y cuya sanción monetaria podría alcanzar las 10 mil UIT (46 millones de soles). En el caso de la vía penal, la colaboración de Sernanp con la Fiscalía será clave para el levantamiento de información técnica que determine la real magnitud del daño a los objetos y objetivos de conservación de estas ANP. Esperemos la máxima sanción a la empresa y a todos los responsables de este fatídico hecho.
Claramente, no solo el tema ambiental está relegado de la agenda y del interés público, sino que hay una sensación de menosprecio por lo ambiental. Frases vistas en redes sociales como “se ve horrible, pero se puede limpiar” o “pero, ya se ve limpio el mar” así lo demuestran y ello debe ser totalmente rechazado, ya que ni el mar ni las áreas protegidas son nuestro patio trasero o la vereda que se ensucia y se puede limpiar. En el ámbito marino del Perú, los ecosistemas y especies están más conectados que en el terrestre debido a la corriente del Humboldt y no conocen de límites hidrográficos, por lo que no sabemos cuánto tiempo tome su recuperación, si es que llegan a recuperarse del todo.
[Ver además ► Procurador del Minam sobre derrame de Repsol: “Estamos en búsqueda de justicia plena”]
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[1] https://es.mongabay.com/2022/01/huellas-del-petroleo-los-derrames-que-afectan-a-latinoamerica/
[2] El Decreto Supremo 038-2001-AG, reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas RLANP dispuso que las islas localizadas dentro del territorio nacional son susceptibles de ser declaradas como ANP, lo cual fue posteriormente dispuesto por la Ley 28793, Ley de Protección, Conservación y Repoblamiento de las islas, rocas y puntas guaneras, que declaró de interés nacional la protección de las islas guaneras en todo el litoral peruano.
[3] El 16 de enero se publica el reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por afectación a las Áreas Naturales Protegidas de Administración Nacional a través del Decreto Supremo 002-2022-MINAM, que adecua aspectos procedimentales a la Ley del Procedimiento Administrativo General, así como mejora y actualiza el reglamento aprobado en el 2010. Es en el marco de este reglamento que las jefaturas de la ZR Ancón y la RNSIIPG, como órganos instructores realizan las investigaciones, recaban pruebas y elevan un informe técnico a la Dirección de Gestión de las ANP (órgano decisor y quien sanciona).
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