- El pasado 14 de junio, la FEMA Tacna logró la condena de un ciudadano peruano por practicar pesca ilegal con chinchorro mecanizado, un arte de pesca prohibido que tiene enormes impactos sobre el ecosistema marino. Las condiciones de dicha sentencia merecen un reconocimiento y también una reflexión.
- En el siguiente artículo, el autor explica cómo se enmarca este caso en un contexto de impunidad, y cómo puede cada ciudadano ayudar a luchar contra la pesca ilegal.
Escribe Fabio Castagnino / Especialista en manejo de recursos marino-costeros de Gobernanza Marina de la SPDA
Un incendio forestal es evidente. Lo podemos ver desde otro país, desde otro continente, incluso desde el espacio. No es necesario hacer un esfuerzo demasiado grande para notar sus impactos catastróficos. Lo mismo sucede con la minería ilegal en la selva amazónica. Donde existía bosque, ahora existe desolación. Donde había un tupido hábitat para miles de especies, ahora hay planicies de tierra muerta y contaminada. Podemos conocer y sentir el desastre en base a una simple imagen satelital.
En el mar la figura es totalmente distinta. Todos conocemos bien su superficie, pero ¿cuántos de nosotros podemos describir cómo se ve el fondo marino, digamos, en las zonas rocosas de la Isla San Lorenzo o en el borde exterior de la Península de Paracas? Y quienes pueden hacerlo, ¿cómo saben si lo que están describiendo no es más que la sombra de lo que el mar solía ser, equivalente a una pradera de pasto donde alguna vez hubo un bosque?
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Artes y métodos de pesca ilegales
La destrucción que las artes y métodos de pesca prohibidos causan suele pasar desapercibida para la sociedad. Conocida solo por algunos pescadores, buzos o investigadores experimentados, es una herida abierta que sangra desde hace décadas.
Una de estas artes que siguen siendo utilizadas masivamente es el chinchorro, tanto en su versión “manual” (operado con la fuerza humana), como en su versión “mecanizada” (operado con la fuerza de camionetas 4×4). Este arte consiste en una red de grandes dimensiones que es ingresada al mar desde la orilla con el uso de dos embarcaciones. Estas despliegan la red formando una medialuna, de manera que los extremos de esta llegan a la playa. Luego, se jala de los extremos para sacar la red a la orilla, arrastrando todo a su paso, capturando ejemplares juveniles y especies no comerciales que terminan siendo descartadas sin vida (lo que en términos pesqueros se denomina “selectividad”).
A pesar de que el chinchorro manual fue considerado, por mucho tiempo, un arte de pesca tradicional -incluso figuraba en permisos de pesca – fue prohibido en el año 2009, luego de demostrarse con estudios empíricos, una y otra vez, que era sumamente dañino para el ecosistema. A pesar de los intentos del Estado para ayudar a los pescadores a migrar hacia métodos permitidos y más amigables con el ambiente, el chinchorro manual sigue presente en toda la costa peruana.
El chinchorro mecanizado, por otro lado, fue prohibido por el Reglamento de la Ley General de Pesca hace ya 20 años. El poder de arrastre que tiene es comparable al de la pesca de arrastre de fondo, y altera dramáticamente las condiciones del medio marino. El costo social que acarrea la utilización de estos artes de peca es enorme. No solo tienen muy baja selectividad, sino que deterioran el hábitat del cual depende la estructura poblacional y productividad de principales poblaciones de peces costeros. La consecuencia ineludible de ello es la reducción de las capturas y el empobrecimiento de las comunidades de los pescadores artesanales que utilizan artes y métodos de pesca amigables con el ecosistema.
Pequeñas grandes victorias contra la pesca ilegal
Hace dos semanas, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Tacna logró la sentencia condenatoria a 2 años y 6 meses de pena privativa de libertad, así como el pago de S/ 930 de reparación civil, para el ciudadano Luis Carlos Ramos Nuñez, quien fue intervenido el 19 de enero de este mismo año realizando pesca ilegal con chinchorro mecanizado en la playa Llostay, Tacna. Además, se dispuso el decomiso definitivo de la camioneta, la embarcación y las redes que utilizaban para realizar la faena ilegal de pesca. Otras cinco personas que participaban en la faena ilegal se dieron a la fuga y no pudieron ser identificadas ni sancionadas.
Existe un consenso general sobre que la vía penal constituye el último recurso –ultima ratio, en lenguaje técnico legal– para que la sociedad pueda sancionar la comisión de delitos ambientales y, con ello, lograr un efecto disuasivo que reduzca su ocurrencia. Sin embargo, en delitos relacionados a la pesca artesanal, suele ser la única vía que resulta eficaz. Ello se da porque, a pesar de que la competencia de fiscalización en pesca artesanal es, en la práctica, una competencia compartida entre el Ministerio de la Producción (Produce) y gobiernos regionales (GORE), la competencia de sanción la ejercen solo estos últimos.
Son escasos los GORE que tienen las capacidades técnico-legales requeridas, el personal suficiente y los recursos necesarios para llevar a cabo Procedimientos Administrativos Sancionadores (PAS) de manera exitosa. En su gran mayoría, estos prescriben porque no son tramitados a tiempo, o resultan inadmisibles por no cumplir con los requisitos de ley o tener errores formales. Ello deviene en una situación de permanente impunidad desde el ámbito administrativo. En muchos casos, por consiguiente, la vía penal es la única opción factible para poder reducir el uso de artes y métodos de pesca prohibidos.
La eficacia y celeridad de la FEMA Tacna fue sobresaliente en este caso –considerando que se tardaron menos de cinco meses en lograr la condena, cuando algunos procesos pueden durar años– y deben ser reconocidas y celebradas. La historia detrás del titular, sin embargo, es algo más compleja y merece análisis.
Según el Código Penal, las penas menores a cuatro años son susceptibles de suspenderse, siempre que la persona no sea reincidente. En otras palabras, el sentenciado no va a prisión, sino que se le impone un régimen de conducta determinado –que incluye la imposibilidad de cambiar de domicilio y de tener en posesión artes de pesca prohibidos, por ejemplo– y tiene que presentarse a firmar mensualmente al juzgado para informar y justificar sus actividades. El monto de la reparación civil, por otro lado, resulta ciertamente bajo, considerando que una faena de pesca exitosa con chinchorro mecanizado para la captura de corvina, por ejemplo, puede resultar en ingresos en la escala de los cinco dígitos. Además, el daño al ecosistema marino que produce el arrastre del arte de pesca por el fondo resulta difícilmente compensado por el monto impuesto.
Sin duda, el golpe más duro se dio con el decomiso definitivo de la camioneta, la embarcación y el arte de pesca prohibido. El costo potencial de perder dichos bienes (logrado por la FEMA), en interacción con una mayor percepción del riesgo de ser capturado (logrado, en este caso, por el accionar del Grupo Terna de la PNP), puede lograr disuadir a otros “chinchorreros” de seguir con la actividad. El rol de los fiscalizadores de Produce también fue importante, porque comunicaron a la fiscalía dónde se realizaba la actividad ilegal. La articulación entre las diferentes autoridades es la clave del éxito, por lo que debe replicarse y magnificarse. El rol que cumplió Produce en dicho caso también puede ser cumplido por cualquier ciudadano o ciudadana.
Todos tenemos el derecho y el deber cívico de denunciar la pesca ilegal. Aprende a identificarla y denunciarla aquí.
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