Escribe Lucía Palao Málaga, abogada del Programa de Política y Gobernanza Ambiental de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA)
Existen diversas preguntas que surgen cuando hablamos de descentralización, interrogantes como: ¿es positiva esta transferencia de competencias? ¿Los gobiernos regionales (GORE) deben asumir dichas competencias? Y una de las más importantes: ¿la transferencia de competencias estará acompañada de capacitación y presupuesto?
A continuación, intentaremos responder a estas preguntas y su relación con la transferencia de competencias para la certificación ambiental del sector Transporte a los gobiernos regionales (hecho que se viene dando ya en otras regiones como en Piura).
Para ello, antes, debemos tener en cuenta que el objetivo general es que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) delegue a favor de los GORE el ejercicio de la función de certificación ambiental de proyectos de inversión en materia de transportes de alcance regional, conforme a la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA). Se considera, expresamente, que la competencia delegada radica en la función de conducir el proceso de Certificación Ambiental de proyectos de inversión en materia de transportes de alcance territorial, correspondientes a la Categoría I (Declaración de Impacto ambiental – DIA), en el marco del SEIA e instrumentos complementarios, respecto a proyectos del Anexo I del Reglamento de Protección Ambiental para el sector Transportes – RPA (D.S. N° 004-2017-MTC).
A la fecha, la competencia para evaluar y otorgar la certificación de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) ha sido transferida al Gobierno Regional de Piura. Este es un camino que también puede solicitar el GORE de Loreto.
Pero, ¿es necesaria esta transferencia? La descentralización tiene por objetivo promover el desarrollo de las regiones y lograr que el nivel subnacional pueda cumplir una función de manera más eficiente que la que se viene realizando a nivel nacional, promoviendo mejores relaciones y servicios a favor de la ciudadanía local.
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Pero, ¿cómo lograr que esta transferencia sea eficiente? Y, sobre todo, ¿la transferencia de competencias estará acompañada de capacitación? Estas interrogantes nos llevan a evaluar que, para que se logre un balance positivo, es necesario que la transferencia de competencias se dé con claridad sobre las competencias en materia de certificación ambiental a los GORE.
Así, la meta es que se logren procesos de transferencia de competencias a los gobiernos regionales de la mano de la generación de capacidades y el fortalecimiento de capacidades técnicas, presupuestales y operativas. Esto implica, incluso, contar con equipos multidisciplinarios para revisión de las Declaraciones de Impacto Ambiental.
También es necesario fortalecer la gestión de las gerencias regionales que asumirán esta competencia; desarrollar información con base técnica y legal (guías, protocolos de evaluación para funcionarios); fortalecer y ordenar la institucionalidad ambiental; crear ordenanzas que regulen procedimientos.
Es necesario analizar las experiencias que se han realizado, sobre todo en el caso de Piura, donde primero se firmó un convenio de Delegación de Competencias en Materia de Certificación Ambiental, y la función delegada se inició una vez cumplido los requisitos referidos a capacitación, indicadores de gestión y desempeño, incorporación en el ROF y el TUPA de la función y el procedimiento respectivo y contar con un equipo técnico multidisciplinario. Esto se acredita con la suscripción del Acta de Cumplimiento de Requisitos. Todo ello para garantizar que esta transferencia sea eficiente y positiva para el fortalecimiento de las competencias.
Sin duda, los requisitos de cumplimiento garantizan que se logre una transferencia adecuada. En caso el Gobierno Regional de Loreto asuma este reto, es necesario tener en cuenta las acciones necesarias que garanticen fortalecimiento (su capacitación), así como el presupuesto que logre que estas funciones sean sostenibles en el tiempo.
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