El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), aprobó el día de ayer el “Reglamento de Fraccionamiento y/o aplazamiento del pago de multas” (Ver documento), medida que otorga de 6 a 60 meses (dependiendo del monto) de fraccionamiento al pago de las sanciones impuestas por infracciones de índole ambiental.
Según el Reglamento, las empresas podrán acogerse a este beneficio siempre y cuando no hayan impugnado las sanciones. En cambio, no podrán hacer lo mismo las que presentan multas coercitivas impuestas por el OEFA; y las impuestas por proporcionar información falsa o por ocultar, destruir o alterar información o cualquier tipo de registro o documento que haya sido requerido por el OEFA.
Tampoco procede en el caso de las multas impuestas por negarse injustificadamente a entregar información o por impedir o entorpecer mediante violencia o amenaza el ejercicio de las funciones de competencia del OEFA; las que hayan sido rebajadas en 25% o 30%; y la deuda que hubiera sido materia de fraccionamiento y/o aplazamiento anterior.
Para multas inferiores o iguales a 500 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), se darán hasta seis meses de fraccionamiento. En cambio, las multas superiores a 20 mil UIT (74 millones de soles), hasta sesenta meses en caso de fraccionamiento y siete meses en caso de aplazamiento. (Ver más casos)
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