OEFA a gremio minero: facultades para cobrar multas suspendidas es constitucional
viernes 5 de junio, 2015
Luego de que el Ejecutivo dio facultades al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) para cobrar multas suspendidas, el gremio minero más importante del país calificó a dicha medida como “inconstitucional” y alertó que ello ahuyentaría las inversiones. Pero el ente fiscalizador dio su descargo de manera inmediata.
[Ver respuesta legal del OEFA]
El OEFA respondió a la Sociedad Peruana de Minería y Petróleo (SNMPE) afirmando que la medida dispuesta no es inconstitucional y lo que se busca es garantizar la fiscalización ambiental y el derecho de todo ciudadano a vivir en un ambiente sano.
Según el ente fiscalizador, “lo que busca con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 30321 es garantizar el pago de multas por infracciones ambientales que han sido confirmadas por dos instancias administrativas”.
[Ver pronunciamiento de la SNMPE]
Agregó además que respecto a las multas judicializadas del 2010 a abril del 2013, el OEFA ha obtenido 156 sentencias favorables en primera instancia judicial y 29 en segunda instancia judicial.
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