Multas por infracciones forestales se podrán compensar con actividades a favor de bosques

viernes 13 de septiembre, 2019

Foto: Diego Pérez | SPDA

  • Esta medida se incluye dentro de los “Lineamientos para la compensación de multas por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre”, aprobado recientemente por el Serfor.

 

Desde ayer, 11 de setiembre, las personas naturales y jurídicas que tengan multas por infracciones forestales y de fauna silvestre podrán compensar sus sanciones con la ejecución de mecanismos que tengan como fin recuperar áreas degradadas o conservar el patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación.

Para que esto sea posible, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) aprobó los “Lineamientos para la compensación de multas por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre”, el cual fue elaborado en coordinación con el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (Osinfor) y las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre (ARFFS), además se recabaron aportes de la ciudadanía en general.

Según Serfor, la finalidad es facilitar el cumplimiento de la multa a través de una compensación que sea equivalente al pago, más no la eliminación de la misma. En ese sentido, los sancionados podrán optar por los siguientes mecanismos de compensación: recuperación de áreas degradadas mediante la instalación de especies nativas, conservar un área con cobertura boscosa u otro ecosistema de vegetación silvestre.

Los sancionados también podrán cooperar con la autoridad en las acciones de control y supervisión de los recursos forestales y de fauna silvestre, prestar servicios de mantenimiento de fauna silvestre en los centros de cría u otras instalaciones administradas por las autoridades regionales de fauna silvestre.

También hay un mecanismo de participación en acciones de capacitación al que pueden acceder solo las personas naturales, comunidades nativas o comunidades campesinas y cuya multa no supere el 0.10 de una UIT.

Para acogerse a este beneficio, toda persona natural y jurídica deberá gestionar el procedimiento ante la autoridad que le impuso la sanción, presentando un Plan de Compensación, entre otros requisitos, y desembolsar un pago inicial correspondiente a los gastos que implique la verificación por parte de la autoridad del cumplimiento de dicho plan. Estos lineamientos tienen aplicación en todo el territorio nacional.

También podrías ver

  • ¿Por qué no debemos usar musgo en los nacimientos navideños?

  • En estas fiestas: adopta un árbol y ayuda a reforestar la Amazonía peruana

  • Piura y La Libertad: protegen a cuatro nuevas olas en la costa peruana