El 5 de febrero del 2007, Justiniano Zúñiga Guzmán recibió del Estado peruano, por 40 años, una concesión para ecoturismo* de más de 2 mil hectáreas de bosque (un área equivalente a los distritos de Miraflores y San Isidro, juntos) en medio de la selva de Madre de Dios, en el distrito de Inambari, provincia de Tambopata, a la altura del Km. 115 de la Carretera Interoceánica Puerto Maldonado–Cusco.
3 años después, en octubre del 2010, Osinfor (Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre) realizó una inspección dentro de la concesión y encontró mineros realizando trabajos de desboque y extracción ilegal de oro. Inició entonces un Procedimiento Administrativo Único (PAU) para determinar si le correspondía a Justiniano Zúñiga una sanción por presuntamente haber cometido infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre. En julio del 2013, Osinfor amplió esta investigación al considerar que Justiniano Zúñiga había cometido irregularidades que justificarían no solo una sanción sino que el Estado le retire el derecho sobre su concesión.
Durante el procedimiento Osinfor determinó mediante imágenes satelitales que en agosto del 2007 se había deforestado 15.84 hectáreas dentro de la concesión, esta cantidad subió a 62.89 hectáreas en junio del 2010 y llegó a 82.39 hectáreas en julio del 2013.
Así, el 28 de mayo del 2014 Osinfor declaró “la caducidad del derecho de aprovechamiento del paisaje natural como recurso otorgado al concesionario Justiniano Zúñiga Guzmán” y le impuso una multa de 125.78 UIT, casi 500 mil soles. Justiniano Zúñiga apeló la sanción de Osinfor y el proceso actualmente continúa. Más información sobre el caso en Alerta Ambiental.
A partir de este caso, y asumiendo que la sanción impuesta por Osinfor sea justificada y proporcionada, abordamos temas que van más allá del problema inmediato. ¿Puede el concesionario continuar con la apelación ante Osinfor? ¿Por cuánto tiempo? ¿Qué pasa con la concesión durante este tiempo? ¿Quién debería proteger esa área? ¿Lo hace realmente?
1.- ¿Qué pasa con la concesión durante este tiempo?
Pese a la apelación, formalmente la concesión figura como caducada. Y las 2067.94 hectáreas (más de 20 km2) quedaron a merced de los mineros ilegales.
La deforestación causada para la minería ilegal ha seguido aumentando al punto que cubre en la actualidad casi un tercio del total de la concesión. MAAP (Monitoring of the Andean Amazon Project) tomó fotos satelitales del área y comparó cómo avanzó la deforestación desde agosto del año pasado hasta fines de julio de este año.
2.- ¿Un remedio peor que la enfermedad?
La idea de las concesiones es asegurar una presencia diaria en el área para que sea un factor disuasivo de actividades ilícitas, dice a Actualidad Ambiental Jean Pierre Araujo, abogado del Programa Forestal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA). “En este caso, la incertidumbre que existe en el concesionario ha generado que se comience a invadir con más intensidad el área. A veces la gente en campo corre la voz de que le iniciaron la caducidad a una concesión y comienzan a invadir. Por eso Osinfor ha llevado ciertas medidas para tratar de llevar estos procedimientos de la manera más reservada posible porque son conscientes de que es una amenaza real y ha venido sucediendo. Pero declarada la caducidad, se restringen los derechos del concesionario para hacer el aprovechamiento en el área. Lo ideal sería que exista una medida provisional por parte del Gobierno regional que priorice las actividades de monitoreo, control y vigilancia dentro de esa zona, que es lo que no está sucediendo, por lo visto, en esta concesión caducada. Casos como los del Sr. Justiniano Zúñiga Guzmán nos muestran que la exhaustiva labor de supervisión que realiza el OSINFOR requiere ser acompañada por otras entidades públicas con competencias directas en lo que respecta a la lucha contra la tala y minería ilegal”, señala Araujo.
3.- ¿Quién debería hacerse cargo de cuidar el área de la concesión «caducada»?
“El tema del control de la minería ilegal y la tala ilegal recae directamente en el Gobierno Regional. La Dirección Regional Forestal o la Dirección Regional de Energía (DREMH) porque las acciones de control y vigilancia de las actividades ilícitas que afecten los bosques se enmarcan dentro de las competencias regionales, se trate de una concesión vigente o caducada. Ahora bien, en el presente caso, al tratarse de una concesión con declaración de caducidad, con mucha más razón se debe contar con la acción de las entidades del gobierno regional. ¿Protege el área el Gobierno regional de Madre de Dios? En este caso no lo habría hecho», señala Jean Pierre Araujo.
4.- ¿Hasta cuándo se puede extender esta figura?
El concesionario sancionado por Osinfor puede continuar con su reclamo a nivel administrativo y luego podría seguirlo en instancias judiciales. Así, el Estado aún no puede disponer del área. “La apelación ante el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre presenta la complejidad de que hasta la fecha no se ha terminado de nombrar a los vocales integrantes del tribunal. Y aun cuando los nombren, la ley solamente prevé que esté compuesto por tres miembros quienes deberán resolver los expedientes de manera colegiada, pero existen procedimientos de caducidad o sancionadores que están esperando al tribunal desde 2008, que fue el año que se creó. Incluso pueden existir expedientes anteriores al 2008 en los que podría evocarse al tribunal también porque, al desaparecer Inrena y al haberse creado la nueva figura del tribunal de Osinfor, podría haber expedientes heredados. Ante esa situación, aprovechando las facultades delegadas, podría impulsarse un reforma que permita la designación de salas transitorias para que agilicen los procedimientos”.
Así, en estos momentos, en el preciso instante que termina de leer esta nota, el área de la concesión continúa a merced de mineros ilegales y podría quedarse así los próximos 3, 4, 5 o quizá 7 años, como los casos que llevan esperando la conformación del tribunal de Osinfor.
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