Tras las denuncias sobre la destrucción de aproximadamente dos mil hectáreas de bosques primarios en Tamshiyacu, distrito de Fernando Lores Tenazoa (Loreto), se emitió la Resolución 462-2014-MINAGRI-DVDVIAR-DGAAA, que ordena a la empresa acusada de deforestación, Cacao del Perú Norte SAC, la medida preventiva de paralizar sus actividades agrícolas en el mencionado lugar.
Como se recuerda, la referida empresa presuntamente amparada en los derechos de propiedad adquiridos sobre una serie de predios ubicados en Tamshiyacu, habría procedido a retirar la cobertura forestal de bosques sin contar con la respectiva certificación ambiental y autorización de cambio de uso.
Esta medida se interpuso luego de que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (DGAAA) supervisara el 13 de noviembre del 2014 las instalaciones de la empresa, que estaría infringiendo normativa ambiental.
El actual director de la Dirección Regional de Agricultura, Marco Antonio del Águila, declaró que la empresa ha incumplido una serie de requisitos antes de realizar sus actividades, pues no cuentan con estudio de impacto ambiental, ni la clasificación de suelos.
[Ver además: ¿Propiedad o impunidad? El caso de la deforestación en Tamshiyacu (Loreto) y la excusa de la empresa Cacao del Perú]
Se señala que la empresa Cacao del Perú Norte S.A.C. no cuenta con la Certificación Ambiental correspondiente, transgrediendo el artículo 3 de la Ley 27446, del Sistema Nacional de Impacto Ambiental, que indica que no se puede realizar ninguna actividad sin antes contar con esta certificación, ni con la respectiva autorización de cambio de uso, de acuerdo a lo regulado por el artículo 26° de la Ley 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
Además de generar impactos ambientales negativos por las actividades de desbosque para realizar el cultivo de cacao, que incluye la inadecuada disposición de los residuos generados y el uso de maquinaria pesada.
Paralelo a esto, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) está supervisando al Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) y al Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Loreto en la fiscalización de sus actividades con respecto a las denuncias vertidas en Tamshiyacu.
Cabe resaltar que el plazo de la medida de paralización preventiva es de noventa días hábiles contados a partir de la notificación, para que se regularicen documentos y se tome una decisión que termine con actividades que atentan la sostenibilidad de estos importantes ecosistemas.
ACTUALIZACIÓN
A la fecha (2018), se ha podido constatar por la revisión de los títulos archivados en los Registros Públicos de Predios de SUNARP en Loreto (Zona Registral Nº4) que se mantuvo la intención de la empresa para obtener predios rurales en la zona cercana a Tamshiyacu para expandir la operación agro-industrial (Ver contrato adjunto).
Predio El Cubano Tamshiyacu… by on Scribd
Comments are closed here.