El Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas ha dejado sin efecto la medida cautelar concedida a favor de Pluspetrol Norte S.A., empresa que había solicitado no se divulgara el informe técnico que detalla la existencia de 92 sitios contaminados con hidrocarburos en las cuencas de los ríos Pastaza, Corrientes y Tigre. Tales sitios contaminados se encuentran en el Lote 1-AB, que explota dicha empresa en Loreto. El informe en cuestión data de octubre de 2014.
La Corte Superior de Justicia de Loreto se pronunció sobre este caso a solicitud del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA).
[Revisa y descarga del informe del OEFA en PDF aquí]
En el referido informe del OEFA se recomendó que Pluspetrol incluyera en su Plan de Abandono la remediación de los 92 sitios contaminados y los hallazgos levantados durante la supervisión del lote. Esta recomendación fue acogida posteriormente por el Poder Ejecutivo en el marco de la mesa de diálogo que permitió solucionar el conflicto acaecido en dicha zona.
Asimismo, el Ejecutivo validó la recomendación del OEFA en el Reglamento de protección ambiental en las actividades de hidrocarburos. Este reglamento fue publicado después de la emisión del informe y reconoce que lo identificado por el fiscalizador debe formar parte del Plan de Abandono.
El Primer Juzgado Especializado en lo Civil ha desvirtuado los argumentos señalados por la empresa petrolera, afirmando que la supervisión del OEFA se realizó sin contravenir normas de carácter ambiental.
Con este pronunciamiento, el Poder Judicial vuelve a darle la razón al OEFA con relación a los cuestionamientos presentados por las empresas supervisadas.
Comments are closed here.