El Poder Ejecutivo oficializó ayer la ley que crea el fondo de contingencia para la remediación ambiental. Esta norma está destinada a financiar acciones de este tipo en sitios impactados por actividades de hidrocarburos en la selva norte que impliquen riesgos a la salud, ambiente y demanden una atención prioritaria y excepcional del Estado.
La ley, publicada en el Boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, dispone 50 millones de soles como capital inicial para el financiamiento de las acciones de remediación ambiental en el ámbito geográfico de las cuencas de los ríos Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, ubicadas en la región Loreto.
Asimismo, precisa que la remediación ambiental corresponde al operador responsable, en base al principio de internalización de costos, al que se exige a través de los mecanismos correspondientes.
Por ello, los titulares de las actividades de hidrocarburos deben garantizar que al cese o abandono de actividades o instalaciones no subsistan impactos ambientales negativos de carácter significativo, y consideren tal aspecto al diseñar y aplicar los instrumentos de gestión ambiental, de conformidad con el marco legal vigente. En tanto no se haga efectiva la obligación de remediación correspondiente al operador responsable, los recursos del fondo de contingencia se usan como capital inicial a fin de implementar acciones de remediación ambiental en el ámbito de aplicación de la ley.
En los casos que no se cumpla con lo previsto, el Ministerio de Energía y Minas (MEM), en base a los riesgos identificados, dispondrá la remediación con cargo al Fondo de Contingencia para la Remediación Ambiental.
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