- En 2021, 27 sentenciados por delitos ambientales participaron en el sembrado de 444 plantones de algarrobo en Monsefú y Lagunas, provincia de Chiclayo.
Desde hace algunos años, la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), brindan asistencia técnica a los sentenciados por delitos ambientales sobre cómo sembrar las plantaciones, además registran la ubicación de cada planta mediante GPS, a fin de remitir toda la información al juzgado correspondiente.
“La reforestación se realiza luego de que el Poder Judicial emite una sentencia que dictamina ciertas normas de conducta para quienes cometieron un delito contra los recursos naturales, usualmente en la modalidad de tráfico ilegal de productos forestales maderables, a fin de que los sentenciados puedan resarcir el daño cometido al medio ambiente”, indica la ATFFS de Lambayeque.
Sobre las locaciones de las plantaciones, estas se realizan en área urbana o rural, de acuerdo a la coordinación que se realice con la municipalidad o comunidad campesina, quienes destinan una zona para llevar a cabo este proceso. Las especies a sembrar las determina el juez en la sentencia, pero generalmente son especies de bosque seco (como el algarrobo).
En 2021, teniendo en cuenta el contexto de la pandemia del COVID-19, en Lambayeque se sembraron más de 444 plantones de algarrobo, en cuyas jornadas participaron 27 sentenciados por delitos ambientales. Mientras en lo que va de 2022, se han plantado 35 árboles de algarrobo con la participación de 4 sentenciados. Las especies han sido sembradas principalmente en los distritos de Monsefú y Lagunas, en la provincia de Chiclayo.
“Estas reglas de conducta buscan que el sentenciado restituya parte del entorno natural, a través de la reposición del recurso forestal ilegalmente extraído; se resocialice y tome conciencia del valor que representa la conservación de los bosques. Para ello, se parte de que los sentenciados tengan la oportunidad de experimentar la siembra y el cuidado de un cierto número de árboles, de acuerdo a lo consignado en su sentencia”, agrega la ATFFS de Lambayeque.
Cabe señalar que según indica el TÍTULO XIII del Código Penal, referido a delitos ambientales, los sentenciados podrán acogerse a la prestación de servicios comunitarios en cierto número de jornadas, si así lo determinara el juez y cuando cuando los delitos no sean en modalidad agravada.
Comments are closed here.