El congresista y ex presidente de la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Jaime Delgado, señaló que desde el 2010 está vigente el Código de Defensa del Consumidor, pero hasta ahora no se reglamenta debido a presiones de un sector del gremio empresarial.
Según comentó a El Comercio, esta presión vendría de los empresarios interesados en que no se etiqueten los productos que contienen organismos vivos modificados (transgénicos). El congresista mencionó que si bien no hay estudios que confirmen que consumir estos productos causan daño, tampoco se ha comprobado lo contrario.
[Ver además: ¿Por qué aún no se etiquetan los productos transgénicos en el Perú?]
“En estos casos se debe aplicar el principio precautorio. Si se tiene dudas sobre algo, el consumidor tiene derecho a estar informado sobre el contenido de un producto y poder elegir libremente”, explicó, agregando que existe la voluntad del Gobierno para dictar este reglamento.
¿POR QUÉ ETIQUETAR?
En un artículo publicado en Actualidad Ambiental, el abogado Dino delgado de la SPDA, indicó que se deben etiquetar estos productos porque es un derecho de todo consumidor contar con información veraz y precisa sobre los bienes y servicios a su disposición.
Asimismo, recordó que en más de 50 países se etiquetan los productos con organismos vivos modificados. En algunos casos es voluntario y otros obligatorio.
“Canadá, Estados Unidos, Sudáfrica y Filipinas son algunos de los países con etiquetado voluntario, mientras que la Unión Europea, Suiza, Noruega, China y Nueva Zelanda, entre otros, exigen obligatoriamente el etiquetado de los alimentos genéticamente modificados”, mencionó el especialista.
DATOS:
• En el 2010 se promulgó la Ley 29571, Código de protección y defensa del consumidor. El artículo 37° de este Código dispone el etiquetado de todos los alimentos genéticamente modificados. Esta disposición debía hacerse efectiva a los 180 días calendarios a partir de la entrada en vigor de la ley, a través de un reglamento.
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