Mediante un informe legal, enviado el día de hoy a autoridades y medios de prensa, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) manifiesta su opinión y preocupación por la posible aprobación del Proyecto de Ley N° 3940/2014-PE, para la implementación de acuerdos binacionales entre el Perú y Ecuador, y la ejecución del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes (PBPT), presentado por el Poder Ejecutivo con fecha 05 de noviembre de 2014 ante el Congreso de la República.
[Ver el informe legal sobre el recorte del Parque Nacional Cerros de Amotape]
Este Proyecto de Ley tiene como objetivo la implementación del Proyecto Presa y Embalse Matapalo (PPEM), y propone reducir físicamente 277.35 ha del Parque Nacional Cerros de Amotape (PNCA). Asimismo, propone el establecimiento de la Zona Reservada Naciente del Amazonas-Mismi (ZRNAM) en el departamento de Arequipa.
En su informe, la SPDA señala entre otras cosas que:
1. El Convenio para el aprovechamiento de las cuencas hidrográficas binacionales Puyango-Tumbes no delimita geográficamente el área de implementación del Proyecto Binacional, y por tanto no obliga a nuestro país a implementarlo en un espacio geográfico específico. De conformidad con el Convenio Binacional, las partes únicamente se encuentran obligadas a realizar todas aquellas acciones u obras que resulten indispensables para la implementación del referido Proyecto. En este sentido, no es posible invocar el principio de jerarquía normativa a que se refiere el Proyecto de Ley en tanto no se demuestre que el recorte del Parque es indispensable para dar viabilidad al Proyecto. Sin ello, no existe contradicción entre el Convenio con el Ecuador y las normas de creación y ampliación del Parque.
2. La reducción física de un área natural protegida es posible en nuestro país siempre que exista una ley del Congreso que la apruebe. Esta Ley debiera estar sustentada en un expediente técnico similar al presentado para establecer el área, de modo que se informe a los peruanos adecuadamente sobre esta decisión. Este informe no existe en el caso del Proyecto de Ley en cuestión, por lo que se incumple una condición básica y a la vez se genera el mal precedente de desafectar parcialmente un Parque Nacional por primera vez sin el necesario sustento técnico.
3. El establecimiento de la Zona Reservada Naciente del Amazonas – Mismi es una buena noticia. Sin embargo, su incorporación a este Proyecto de Ley contraviene el ordenamiento jurídico en materia de áreas naturales protegidas generando inestabilidad jurídica. De acuerdo a la recientemente aprobada Ley N° 30230, las zonas reservadas deben establecerse por Decreto Supremo.
La SPDA recomienda por estas razones archivar el Proyecto de Ley N° 3940/2014-PE y propone una serie de medidas concretas para evaluar las opciones que permitan dar viabilidad al Proyecto cumpliendo con la legislación vigente y en resguardo del Patrimonio Natural del Perú.
[Ver el informe legal sobre el recorte del Parque Nacional Cerros de Amotape]
Leer el informe legal en línea:
Informe Legal de La SPDA Sobre La Desafectación Del Parque Nacional Cerros de Amotape by spdaactualidad
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Foto: Inforegión
1 comentario · Dejar un comentario
Por naturaleza y no por leyes ni proyectos,convenios,congreso que pueda sustentar a realizar tipo alguno de recorte del PARQUE CERROS DE AMOTAPE este proyecto no debe de ser archivado bebe de ser desestimado como tal no podemos permitir que por nada que deteriore,perjudique,vulnere nuestra naturaleza como tal.