IDL y SPDA piden derogación de los decretos de urgencia por ser inconstitucionales

lunes 31 de enero, 2011

En conferencia de prensa, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) y el Instituto de Defensa Legal (IDL) solicitaron al Congreso la derogación de los decretos de urgencia (DU) 001-2011 y 002-2011, porque generarían conflictos sociales debido a que atentan contra el medio ambiente y vulneran el derecho de las comunidades indígenas a la consulta previa.  

Como señalan estos DU, los proyectos de inversión quedarían exonerados de presentar los estudios de impacto ambiental como requisito para la obtención de certificaciones administrativas. Dentro de estos proyectos se encuentran algunos relacionados a centrales hidroeléctricas.

Mariano Castro, abogado de la SPDA, señaló que estos DU generan una suspicacia debido a que no se especifican los proyectos referidos a centrales hidroeléctricas. Esta incertidumbre se da porque los proyectos incluidos tienen o han tenido una concesión temporal, como es el caso de la Central Hidroeléctrica Inambari.

Pese a que ProInversión afirmó que Inambari no está en esta lista proyectos, Mariano Castro no descarta que esta central hidroeléctrica se ampare en los DU para conseguir la concesión final, lo cual no sólo significaría un atentado contra el medio ambiente, sino que además provocaría un conflicto social.

DECRETOS SON INCONSTITUCIONALES

Por su parte, el abogado de IDL, Juan Carlos Ruiz, resaltó la inconstitucionalidad de estos DU debido a que se han violado los procedimientos y se han comprometido a otros derechos fundamentales, como el derecho a la consulta de la población en obras que afectan el entorno donde habitan.

Según explicó Ruiz, los decretos de urgencia se expiden solo cuando se legisla en materia económica y financiera, cuando se está ante una situación excepcional e imprevisible, cuando exista una urgencia, un interés nacional, entre otros. Por tanto, como no estamos ante esas situaciones, estos DU se vuelven inconstitucionales.

“Los proyectos de inversión son importantes, pero eso debe conciliarse con los derechos de los pueblos indígenas que tienen rango constitucional y que están siendo, de alguna manera, dejados de lado lamentablemente”, indicó el representante de IDL.   

En respuesta al Ministerio del Ambiente, que apoyó estos decretos amparándose al DU 121-2009, que mencionaba que “las certificaciones ambientales (…) no serán requisito para la obtención de las autorizaciones administrativas de carácter sectorial, otorgadas por dichas entidades, para el ejercicio de las actividades económicas materia del proyecto adjudicado”, Mariano Castro señaló que ya no serían dos, sino tres los decretos inconstitucionales.

Ambos representantes estuvieron de acuerdo en derogación de estos decretos, por lo que el Congreso deberá tomar las medidas inmediatas, sino corresponderá al Poder Judicial dejarlos sin efecto o al Tribunal Constitucional (TC), ejercer un proceso de inconstitucionalidad de los mismos.

Ruiz recordó además lo sucedido con Majes Siguas II, proyecto destinado a llevar agua de Cusco a Arequipa, y que se pretendió ejecutar sin presentar un estudio de impacto ambiental ni se hizo un balance hídrico, por lo que la población cusqueña se levantó y protestó para reclamar su derecho a la consulta. Esto sembró un precedente, lo cual se pude repetir si otros proyectos son ejecutados bajo la misma modalidad.

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Foto: SPDA

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