Huarmey: realizan campaña de sensibilización para prevenir caza de Chuita y Guanay

Guanay. Foto: Serfor

  • Más de 400 aves de estas dos especies fueron encontradas muertas en pleno Estado de Emergencia Nacional.

 

Tras la muerte de 70 aves marinas de la especie Chuita (Phalacrocorax gaimardi) y 381 de la especie Guanay (Phalacrocorax Bougainvilli), el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri), inició una campaña de sensibilización en Huarmey (Áncash).

La idea es prevenir la caza de estas aves marinas, que aparecieron muertas en pleno estado de emergencia por la pandemia del COVID-19. La campaña se realiza hasta el 6 de octubre.

Según las primeras investigaciones, estas especies son cazadas para la realización de diversos platos. Lo más preocupante fue que efectivos de la Policía Nacional del Perú halló dinamita en la zona.

Como parte de la campaña, personal de Serfor y los integrantes del Comité de Monitoreo, Vigilancia y Fiscalización Ambiental de Huarmey (compuesto por instituciones locales, dependencias públicas, entre otros) recorrerán restaurantes, hoteles, y centros de hospedaje a fin de informar sobre la importancia de conservar estas aves.

Durante el recorrido, también se abordará a la población a fin de explicarle la importancia de no consumir carne de Chuita y Guanay, aves que juegan un papel importante en el ecosistema.

Chuita. Foto: Serfor

Sobre estas especies 

La Chuita y el Guanay son aves guaneras de la costa peruana. En el siglo pasado, se calcula que alcanzaron una población de 30 millones, produciendo 332 000 toneladas de guano, aunque en la actualidad, debido a la caza indiscriminada, el número de ejemplares ha disminuido y con ello la producción del fertilizante marino.

La especie Chuita se encuentra categorizada “en peligro” y el Guanay está clasificada como “casi amenazada”, según Decreto Supremo 004-2014-MINAGRI, por lo que es muy importante realizar todos los esfuerzos por conservarlas. La caza, captura, transporte, venta o adquisición de este tipo de especies protegidas es un delito sancionado con pena privativa de libertad de 4 a 7 años.

Este tipo de acciones califican dentro del campo de infracción muy grave por la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, que sanciona con multas que fluctúan entre 0.1 y 5000 UIT, determinadas según los criterios de gradualidad.



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