En reemplazo del Minagri: crean el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego

martes 24 de noviembre, 2020

Foto: SPDA

  • Según el Ejecutivo, este cambio tiene como fin reconocer la importancia de la agricultura familiar, que representa el 97% de las unidades agropecuarias.

 

Hoy, 24 de noviembre, el Ejecutivo promulgó la Ley 31075, con la cual se oficializa la creación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, en reemplazo del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri).

Con esta norma, además se crean el Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, y el Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego.

El primero, se encargará de la formulación de políticas, normas sectoriales, supervisión y evaluación de resultados para impulsar la mejora de la actividad agropecuaria nacional. Mientras que el segundo tendrá la misión de implementar Políticas Nacionales y la gestión sobre materias específicas, priorizando la Agricultura Familiar, con un enfoque de gestión descentralizada e integral del territorio.

Según el Ejecutivo, este nuevo ministerio “marca un hito y cambio en la visión del sector agropecuario; además, ejercerá la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno”.

Los ámbitos de competencia de este ministerio serán las tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; la agricultura y ganadería; los recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; la flora y fauna silvestre; la sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; así como los recursos hídricos, riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria.

Del mismo modo, algunas de sus funciones serán formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales bajo su competencia, aplicables a todos los niveles de gobierno; realizar el seguimiento respecto del desempeño y logros de la gestión agraria alcanzados en los niveles nacional, regional y local, así como adoptar las medidas correspondientes; además, de articular con gobiernos regionales y gobiernos locales la implementación de las políticas nacionales bajo su competencia y evaluar su cumplimiento; entre otras.

Al igual que el Minagri, a este nuevo ministerio siguen adscritos el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA); Autoridad Nacional del Agua (ANA); Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa); Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) y Sierra y Selva Exportadora (SSE).

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Foto: SPDA

Direcciones regionales

La ley de creación del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego también establece que, en un plazo de 180 días hábiles a partir de la entrada en vigencia de la dicha norma, se aprobará una estrategia permanente para el fortalecimiento de capacidades de las direcciones regionales agrarias de los gobiernos regionales, que garantice la implementación eficiente y eficaz de las políticas nacionales vinculadas al sector agrario y de riego.

Asimismo, en coordinación con el órgano rector del Sistema de Modernización de la Gestión Pública, evaluará y adoptará las medidas de reforma, sobre la base de criterios de racionalización y optimización de recursos humanos, respecto de los organismos públicos adscritos al ministerio, así como de los programas, proyectos especiales y demás entidades dependientes.

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