La Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) presenta un análisis sobre los aspectos positivos y negativos del decreto supremo 060, el cual fue criticado desde su emisión debido a que, junto al 054, estarían flexibilizando las normas ambientales y culturales con el fin de promover y acelerar las inversiones en el país.
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La directora del Programa de Política y Gestión Ambiental de la SPDA, Isabel Calle, explicó que el DS 060 plantea la reducción de plazos, especialmente en el sector minero energético, para la aprobación de los estudios de impacto ambiental semidetallados (para proyectos de un riesgo mayor) y detallados (para grandes proyectos de inversión).
Calle señaló que en vez de acelerar trámites el Gobierno debió atacar los problemas que producen estas demoras: la falta de personal capacitado, la ausencia de especialistas y los escasos recursos.
Para la especialista, esta reducción de plazos pensando solo en la promoción de inversiones y no en el fortalecimiento de capacidades generará una mala percepción de la población que verá “al estudio de impacto ambiental como un simple trámite” que el Estado aprobará sí o sí, y ello generará mayores conflictos.
¿QUÉ HA MEJORADO EL DS 060?
Según la abogada, no existe un informe técnico que justifique esa reducción de plazos para la aprobación de licencias ambientales. “Sería bueno tener un análisis de parte del Estado para que nos explique cómo este decreto ha ayudado a mejorar o dinamizar los proyectos de inversión. Habría que evaluar cuánto se está cumpliendo este decreto y si esto está llevando a que los proyectos de inversión estén saliendo con mucha mayor facilidad o si, al contrario, no está generando mayor lentitud o mayor desconfianza”, apuntó.
Algunas conclusiones del documento:
1. Esta decisión no es la más correcta porque estas supuestas trabas no existen, sino que la sectorialidad, la dispersión y la baja calidad en la revisión de los EIA es la que genera el problema mayor y este es un tema que no se está enfrentando.
2. Si bien es muy probable que las autoridades ambientales sectoriales no cuenten con todo los recursos profesionales y técnicos para evaluar los EIA con la eficiencia requerida, los decretos agravan el problema, si es que no se corrigen las deficiencias materiales, económicas, técnicas y logísticas.
3. El Perú debe invertir en mejorar la calidad de los procesos de gestión pública y en destinar mayores recursos financieros, humanos y técnicos para que el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se fortalezca y cumpla el objetivo esencial para el que fue creado: prevenir los impactos ambientales y/o reducirlos a niveles compatibles con la capacidad de resiliencia de los ecosistemas y el ambiente en general.
DATO:
• Los plazos para la aprobación de los estudios de impacto ambiental semidetallados eran 90 días y para los detallados 120. Con estas normas, la reducción de plazos llega a 73 días, más el plazo que el administrado tiene para contestar algunas observaciones que las autoridades hayan hecho.
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Análisis del Decreto 060 sobre flexibilización de las inversiones – Decreto 060 – SPDA by spdaactualidad
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