- A casi dos años del mayor desastre ambiental, continúan pendientes las acciones de limpieza y la ejecución del plan de rehabilitación que debe ser implementado por la Refinería La Pampilla.
- El plazo para presentar el plan de rehabilitación ante el Ministerio de Energía y Minas vence este 4 de octubre.
A casi dos años del mayor desastre ambiental ocurrido en el mar peruano, continúan pendientes las acciones de limpieza, los procedimientos administrativos y la ejecución del plan de rehabilitación a ser implementado por la Refinería La Pampilla S. A. En el caso del último, el plazo para la presentación ante el Ministerio de Energía y Minas (Minem) vence este 4 de octubre.
Según el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), el 5 de octubre del año pasado, se obligó a La Pampilla a presentar un Plan de Rehabilitación ante la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, para 69 sitios identificados como afectados.
En el documento se incluye la implementación de un “Programa de cumplimiento en materia ambiental” para identificar y evaluar los riesgos de incumplimiento de sus obligaciones ambientales y las acciones para su mitigación; además de la designación de un oficial de cumplimiento para sus obligaciones ambientales. A través de esta serie de medidas, se busca que “Repsol genere información y establezca procedimientos internos necesarios a fin de minimizar el riesgo de la ocurrencia de hechos como el derrame de petróleo ocurrido en enero del 2022, lo cual permitirá garantizar la eficacia de la fiscalización ambiental”.
¿Qué es un Plan de Rehabilitación?
Es un instrumento de gestión ambiental complementario regulado por el Reglamento de Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y está específicamente diseñado para el caso de emergencias ambientales en dicho sector. Además, se enfoca en recuperar uno o varios elementos o funciones de los ecosistemas con impactos ambientales que a la fecha no pudieron ser prevenidos, reducidos, mitigados o corregidos.
Según el artículo 66-B.3 del reglamento, en caso se superen los estándares de calidad ambiental o los niveles de fondo, la autoridad competente en materia de fiscalización ambiental determina el plazo para que se presente el Plan de Rehabilitación. En este caso, la autoridad a cargo de la evaluación del plan es la Dirección General de Asuntos Ambientales de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, con un plazo de 30 días hábiles.
Además, de acuerdo con el numeral 66-C.4 del reglamento, durante la elaboración y hasta antes de la ejecución del Plan de Rehabilitación, el titular es decir, la Refinería La Pampilla, debe seguir ejecutando las acciones de primera respuesta que correspondan en las áreas afectadas, por lo que el contenido dicho plan debe sujetarse al aprobado por la Resolución Ministerial 332-2022-MINEM/DM y lo desarrollado en su anexo. Finalmente, como cualquier instrumento de gestión ambiental, se puede requerir opiniones vinculantes a otras autoridades como el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre.
El plan deberá atender los impactos generados a los ecosistemas, así como a las personas y sus medios de vida, las afectaciones generadas en las dos áreas naturales protegidas afectadas (Zona Reservada de Ancón y la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras) y la fauna silvestre afectada (casi 2000 especímenes de acuerdo a las investigaciones de Serfor).
A través de un comunicado publicado por el Ministerio del Ambiente en noviembre pasado, precisó que el plazo para que La Pampilla-Repsol cumpla con presentar el Plan de Rehabilitación vence el 4 de octubre de 2023. Una vez sea presentado y aprobado, este recién podrá ser implementado por la empresa, bajo la supervisión y fiscalización del OEFA.
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