Según Iván Lanegra, Adjunto para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, urge contar con una autoridad nacional forestal totalmente autónoma, tanto técnica como presupuestalmente, con el fin de fortalecer la institucionalidad en el sector público forestal.
Para el funcionario de la Defensoría, esta medida tendría como fin mejorar la gestión de los bosques naturales y promover el comercio legal de los productos madereros, además de alertar la transparencia en el sector.
“Esto no solo implica otorgar un mayor nivel jerárquico a la autoridad nacional forestal, sino también asegurar que su diseño le permita contar con la autonomía necesaria para desarrollar eficazmente sus funciones, promoviendo prácticas que destierren la corrupción”, manifestó, en declaraciones que recoge una nota de prensa de La Defensoría del Pueblo.
Iván Lanegra declaró esto a propósito de la publicación del libro “El Estado Peruano y el Aprovechamiento Sostenible de los Bosques Naturales”. Para Lanegra, de acuerdo al referido documento, resulta fundamental también fortalecer y consolidar el actual proceso de descentralización en materia forestal en el que se encuentran los gobiernos regionales.
Recordó que en noviembre del año pasado sólo San Martín y Loreto efectivizaron la transferencia de funciones, siendo los únicos que lo han hecho a la fecha.
Asimismo, reiteró que, ante la necesidad de promover la transparencia y prevenir la corrupción, se debe implementar también el Consejo Nacional Consultivo de Política Forestal (CONAFOR) con la finalidad de legitimizar las Políticas Forestales a través de espacios en los que participen todos los actores involucrados. De esta manera, manifestó, se incentivará la transparencia en la toma de decisiones relativas a la planificación y manejo de los recursos forestales.
“Del mismo modo el sector forestal debe ser incluido en el Plan Nacional Anticorrupción de la Presidencia del Concejo de Ministros, así como en el Consejo Nacional Anticorrupción del Ministerio de Justicia”, subrayó.
Por otro lado, el funcionario resaltó algunos avances constatados durante el estudio realizado, como la creación de nuevas entidades publicas como el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) y el Organismo Supervisor de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR).
Finalmente, reconoció el trabajo que viene desarrollando la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre respecto a la Consulta Nacional para elaborar la Política Nacional Forestal y la actualización de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, esfuerzo que viene siendo coordinado entre las instituciones del Estado y la sociedad civil.
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Foto cortesía Inforegión
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AUTORIDAD FORESTAL AUTONOMA
A ESTAS ALTURAS ES LO CORRECTO, UN MINISTERIO POR EJEMPLO, QUE REUNA LO AHORA REPARTIDO ENTRE EL FAMÉLICO MINISTERIO DEL AMBIENTE Y EL ULTRAINEFICIENTE MINISTERIO DE AGRICULTURA
PODRÍA RECEPTAR Y MANEJAR SERVICIOS AMBIENTALES Y MECANISMOS REDD
LA AGRICULTURA ES ENEMIGA NATURAL DEL BOSQUE … AL MENOS LA AGRONOMÍA TRADICIONAL … EL CAMBIO DE USO DE LA TIERRA ES UNA DAGA MORTAL EN EL CORAZÓN DE LOS BOSQUES …
DARLE EPARCIAL O TOTALMENTE EL MANEJO FORESTAL A AGRICULTURA ES CONTRANATURA, ES PONER LA VIDA EN MANOS DEL ENEMIGO NATURAL
EN PLENO TERCER MILENIO, LA RELEVANCIA DE LOS BOSQUES REBASA LAS MAS AUDACES PREVISIONES DE LO QUE SE ENTIENDE POR MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE, LA VIDA PLANETARIA DEPENDE DE LOS BOSQUES
…Y LOS BOSQUES NO DEBERÍAN DEPENDER DE UN FAMÉLICO (MINAM) Y UN ENTE PROBADAMENTE INEFICAZ Y CORRUPTO (AGRICULTURA)
Según Iván Lanegra, Adjunto para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, urge contar con una autoridad nacional forestal totalmente autónoma, tanto técnica como presupuestalmente, con el fin de fortalecer la institucionalidad en el sector público forestal.
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En la promoción, diseño o aplicación de esquemas REDD(*)
(1) Ministerio del Ambiente – Minam con dos direcciones específicas:
– Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos – Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural
(2) Ministerio de Agricultura – Minag que conduce el Sistema Nacional de Información y Control Forestal y de Fauna Silvestre, herramienta valiosa para proyectos REDD. Sin embargo existen dentro del Minag algunas competencias que podrían entrar en conflicto con la conservación o el manejo sostenible de los recursos forestales, como por ejemplo la instancia de Promoción de la Ampliación de las Tierras dedicadas a la Agricultura. Esta situación ha venido fomentando el cambio de uso de la tierra y lamentablemente es el punto de partida de un sistema jurídico que favorece la degradación y deforestación. Se ha creado, dentro de la estructura orgánica del Minag, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre – DGFFS, que debe servir para desarrollar esquemas REDD
Será necesario que Minam y Minag trabajen juntas en función de proyectos REDD, algunos de estos proyectos estarían bajo la jurisdicción del Minag.
(3) Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – Sernanp del Ministerio del Ambiente. Dirige el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – Sinanpe y asegurar su funcionamiento como un sistema
unitario. Se ocupa de gestionar las áreas naturales protegidas de forma directa o a través de terceros.
Aprueba los instrumentos de gestión y planificación de las ANP de administración regional y de las áreas de conservación privada, que pueden incluir esquemas de pago por servicios ambientales tales como REDD. Asimismo, se ocupa de supervisar y monitorea las zonas de amortiguamiento de las áreas protegidas, velando por el cumplimiento de la normatividad, los planes aprobados y los contratos y convenios que se suscriban.
(*)EXTRACTADO DE: «REDD en el Perú: Consideraciones Jurídicas para su Implementación» – SPDA – marzo de 2010
simon69rodriguez@yahoo.es
ALGO MUY GRANDE SE PUDRE EN EL BOSQUE
EL OSINFOR (ORGANISMO DE SUPERVICIÓN DE RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE TIENE UNA TRASPARENCIA DE 2.3% SOBRE 100%
DEFENSORÍA DEL PUEBLO TIENE RAZÓN: SE REQUIERE UNA AUTORIDAD NACIONAL FORESTAL AUTÓNOMA
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PERÚ: ALERTA ROJA FORESTAL CON GARCÍA PERDIDO EN EL BOSQUE
LOS DECRETOS FORESTALES EMITIDOS POR EL EJECUTIVO REVESTIDO DE FACULTADES EXTRAORDINARIAS, SON EXTRAORDINARIAMENTE DAÑINOS PARA NUESTROS BOSQUES
PRESENTACIÓN DEL ESTUDIO DE TRANSPARENCIA DEL SECTOR FORESTAL
El miércoles 21 de abril a las 6:00 de la tarde se presentará la publicación “Promoviendo la transparencia en el Sector Forestal” que indica que el promedio de cumplimiento de transparencia informativa forestal es de 49.5%. La presentación se efectuará en el Hotel El Olivar”, situado en la calle Pancho Fierro 194, distrito de San Isidro.
La ley de Transparencia y Acceso a la Información en las entidades encargadas de la gestión y conservación de los bosques no se cumple. Los portales web brindan escasos datos y no responden a las solicitudes que formula la ciudadanía.
El documento ha sido elaborado por la asociación DAR y Global Witness en el marco de un proyecto que se desarrolla en cuatro países: Liberia, Ghana, Camerún y Perú, por un periodo de 04 años. El proyecto y la publicación son financiados por el Departamento Británico para el Desarrollo Internacional (DFID, por sus siglas en inglés).
El estudio concluye en que la transparencia forestal en las entidades públicas encargadas de los bosques es preocupante pues solo se responde una de cada cuatro solicitudes en el tema de acceso a la información en el sector forestal.
Las instituciones encargadas de la gestión y conservación de los bosques tienen un 49.5 % de transparencia en sus portales informativos, mientras que otras instituciones -cuyas actividades se relacionan indirectamente a los bosques- elevan su promedio a 82.6 %
El Ministerio de Agricultura presenta un promedio de 80.95 % de cumplimiento en su portal de transparencia, mientras que el Organismo de Supervisión de Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) tiene un promedio de apenas 2.3 %.
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UNO DE SUS DESPROPÓSITOS ES QUE SE ELIMINA LA PARTICIPACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y SE DEJA EL IMPERIO AL GOBIERNO
LOS ENTES ESTATALES A CARGO DEL SECTOR FORESTAL SIEMPRE HAN ESTADO EMBEBIDOS EN EL JUGOSO BUSINESS DEL TRÁFICO DE MADERA
LA ULTIMA INTENTONA DE LEY FORESTAL Y DE FAUNA DEL 2008, ESTABA CALADA DE CONTRABANDOS QUE SON UNA INCUBADORA DE CORRUPTELAS
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El Decreto Legislativo que Pone en Jaque la Implementación del TLC.
DESPUÉS de tanta brega, el TLC con Estados Unidos podría perderse en la espesura de la selva. Peor todavía, corre el riesgo de enredarse en la selva cada vez menos espesa.
Un grupo de organizaciones ambientales denuncia que el Decreto Ley 1090 expedido por el Ejecutivo en el marco de sus recientemente expiradas facultades extraordinarias podría colisionar frontalmente con los compromisos que el Perú suscribió en el anexo 18.3.4 del Tratado. La pelota del DL la manejó el Ministerio de Agricultura encabezado por su titular Ismael Benavides.
Tal addenda fue una de las razones principales por las que la bancada demócrata “aguantó” el documento. Hasta los opositores al TLC tendrían que aceptar que uno de los beneficios colaterales de la versión corregida y aumentada del documento es que busca poner en cintura una de las actividades que más socavan nuestro medio ambiente: el tráfico ilegal de madera.
SANDRO CHÁVEZ DEL FORO ECOLÓGICO considera que el DL 1090, que es la nueva ley forestal y de fauna silvestre, contiene “varios contrabandos que le van a cambiar el sentido”.
La participación de la sociedad civil, por ejemplo, es reducida al mínimo, pues se elimina la figura de los Comités de Gestión de Bosques y el órgano consultivo representado en la Comisión Nacional Forestal (Conafor). Éste último no llegó a ser implementado a pesar de considerarse en la ley anterior.
Con respecto al fortalecimiento de las concesiones forestales, punto indispensable para que el TLC entre en vigor, la ley también arroja saldo en rojo. No exige realización de inventa rios forestales ni prácticas silviculturales, que son las requeridas para la siembra, el Mantenimiento, la erradicación y la renovación de los árboles.
Ernesto Ráez, del Centro Para la Sociedad Ambiental de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, lamenta que “si se respondía al anexo del TLC, que para eso fue la delegación de facultades, se debió fortalecer el sistema de control y supervisión de las concesiones para golpear con más fuerza la tala ilegal. Por ninguna parte vemos alguno de estos aspectos”. Chávez del Foro Ecológico agrega que la falta de control en las concesiones también redunda en el sembrío indiscriminado de coca ilegal.
La georeferenciación de los árboles tampoco es mencionada. La ley apenas enuncia “sistemas de ubicación de alta precisión”, lo que es considerado innecesariamente ambiguo. El compromiso del TLC obliga a verificar el origen legal de la madera durante toda su cadena de custodia. Si el país no está preparado para demostrar la llamada trazabilidad de la madera, alertan las fuentes, Estados Unidos estará en capacidad de denegar los embarques.
Otra voz autorizada como la del ex intendente forestal del Inrena, Edgardo Lizárraga, pone paños de agua tibia a la situación y considera que la ley no tenía por qué llegar a ese nivel de especificidad que, reitera, corresponde a su próxima reglamentación.
La reforestación también es puesta en duda. Manuel Pulgar Vidal y Milagros Sandoval, de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), prepararon un completo análisis sobre los componentes medioambientales de los decretos legislativos. Allí dedican un especial párrafo al DL 1090. La SPDA alerta sobre el “cambio radical en cuanto a lo que se entiende por Patrimonio Nacional Forestal”. Ráez, de la Cayetano Heredia, explica que según la ley anterior, “si tierras del Patrimonio Forestal dejaban de ser bosque tenían que reforestarse. Ahora pasan a ser tierras donde se puede sembrar otras cosas y pasan al régimen agrario”.
Otro de los factores potencialmente críticos es el de la ventana de oportunidad abierta para los traficantes ilegales. La ley permitiría legitimar productos de origen controversial al estipular que “los usuarios deberán acreditar la legitimidad de su derecho de acuerdo a las condiciones y requisitos establecidos por el Ministerio de Agricultura”. Esto equivale a ratificar el mecanismo del adquiriente de buena fe, utilizado en los últimos años por el Ministerio. Pulgar Vidal confirma que ese es el amparo bajo el cual se han guarecido las mafias de tráfico de madera.
En términos de calendario, lo previsto por la ley entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2009 para las especies que figuran en los apéndices de la Convención para el Comercio Internacional de Especies en Peligro (CITES por sus siglas en inglés), y a partir del 1 de julio del 2010 para las demás especies. En buen cristiano, se permite la comercialización de la madera ilegal al menos hasta esas fechas límite.
Consultado, el ministro Ismael Benavides se refiere a dichas fechas como períodos de adecuación necesarios para “sanear el mercado”. No le falta razón. El ex intendente Lizárraga reconoce que renunció en enero último por la magnitud de la situación. El tráfico ilegal es lo que ha marcado el comercio de la madera en el país. El ejemplo más patético es el de la caoba.
CUANDO LA CAOBA se sumó al apéndice 2 de la CITES el Estado se obligó a fijar una cuota estricta de exportación. En los años 2005 y 2006, la cuota máxima de exportación fue de 23 mil metros cúbicos. Ambos años se cumplió al límite. Luego, un estudio de la Universidad La Molina, que es el ente técnico reconocido por la CITES, concluyó que esa madera se agotaba de modo acelerado en el país. La Molina recomendó que la cuota anual se redujera a 11 mil metros cúbicos. Sin embargo, Inrena transó en 13,476 metros cúbicos.
¿Qué ocurrió ese año? Como en los anteriores, las concesiones declararon para exportación el máximo permitido por la cuota. Pero el equipo de Lizárraga ordenó inspecciones oculares para verificar que la madera perteneciera a ellas. Como resultado, se encontró que más del 60% del total declarado no pertenecía a las concesiones: era de procedencia ilegal. Así, solo se permitió exportar 3,900 metros cúbicos de caoba en el 2007. Esto significa que alrededor de 10 mil metros cúbicos de caoba ilegal se quedaron en el país. Si cada metro cúbico de caoba se vende a US$ 1,500, la caoba ilegal “atrapada” del 2007 equivalía a unos US$ 15 millones. Por eso en los últimos meses el precio local de la caoba se desplomó.
En el caso del cedro, más barato pero también en peligro de desaparecer, el equipo de Lizárraga llegó a constatar que 11 concesiones de Yavarí, Loreto, declararon madera ilegal. Faltó verificar 40 concesiones más pero en ese momento, a finales de enero, se produjo el relevo en el equipo de Inrena.
¿Qué se puede concluir a partir de las verificaciones del año pasado? Que el sistema de concesiones, y en eso coinciden todos los entrevistados, debe pasar por cambios significativos. Y en opinión de los ambientalistas poco ayuda la nueva ley.
Tampoco son de utilidad otros mecanismos ya existentes como la cuota de aprovechamiento. Durante años se calculó que de un árbol de caoba era legal exportar hasta el 80%. Estudios posteriores, y Lizárraga considera al Perú y Brasil pioneros en la materia, demuestran que solo alrededor del 26% es aprovechable. El resto quedaba como margen para “lavar” madera ilegal. El ex intendente redujo la cuota de aprovechamiento al 34% pero luego de su salida ésta se elevó en 52%, tanto para la caoba como el cedro. Aún queda un buen espacio para madera “negra”.
EN WASHINGTON EL DEBATE no ha pasado inadvertido para el influyente lobby verde. Consultada por CARETAS, Andrea Johnson, de la Agencia de Investigaciones Ambientales (AIE por sus siglas en inglés), le dijo a CARETAS que “creo hablar por el conjunto de la comunidad ambiental de Estados Unidos cuando digo que tenemos preocupaciones tanto por el contenido como por el proceso que permitió aprobar la nueva ley. La falta de transparencia y consulta demostrada por el gobierno para pasar los nuevos decretos es inaceptable en un país que se considera una democracia. Si bien reconocemos el compromiso del Perú para cumplir sus obligaciones bajo el TLC, es extremadamente preocupante ver que el Ejecutivo toma ventaja de sus delegaciones extraordinarias para debilitar los estándares ambientales y subvertir las intenciones de este Tratado, antes incluso que éste entre en vigor. No habla bien para nada con respecto al futuro cumplimiento del TLC”.
Tan demoledora opinión se suma a los problemas presentados en el Congreso para aprobar otro prerrequisito del Tratado: las modificaciones al código penal que permitan aumentar las penas para los traficantes ilegales (CARETAS 2034) y que finalmente no fueron resueltas por vía de las facultades extraordinarias. Con el Parlamento atomizado, y una buena parte de sus miembros opuestos al TLC, se torna mucho más difícil conseguir los votos necesarios. Aquí se puede venir una jaqueca digna de un troncazo en la cabeza.
La Semilla de Los Decretos
Sociedad de Derecho Ambiental advierte de transgénicos y plaguicidas.
MUCHO ojo con los DL 1059, 1060 y 1080 de la tanda normativa de adecuación de las normas legales al Tratado de Libre Comercio (TLC). “Las dos primeras abren la puerta a la entrada de transgénicos sin control”, advirtió la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), “mientras la 1080, que modifica la Ley de Semillas, incluye el concepto de transgénicos”. De acuerdo al nuevo marco normativo cocinado en el despacho de Ismael Benavides, ministro de Agricultura, la adquisición de semillas por parte de Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA), ahora se efectuará al margen del procedimiento estándar de adquisición, vigente para el sector privado (DL 1059), mientras el Sistema Nacional de Innovación Agraria (INIA) será el responsable de los controles de bioseguridad y su aprobación (DL 1060). Así las cosas, a juicio de la SPDA, “son juez y parte”. El hecho que el INIA ha venido experimentando afanosamente con semillas transgénicas no favorece a la causa. Pero eso no es todo. El DL 1059 también “favorece la entrada y uso de plaguicidas químicos peligrosos de tipo 1A y 1B de uso agrario”, de acuerdo al minucioso informe de la SPDA, “y limita su monitoreo”. ¿Cómo? Papayita. De un plumazo quedaron derogados diversos artículos de la Ley 28217, que reforzaba las acciones de control post registro de plaguicidas químicos, y ahora “serán las mismas industrias plaguicidas quienes se encargarán de la gestión de los plaguicidas caducos y capacitación de usuarios sobre riesgos”, SPDA dixit.
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2009Honorable Mention
http://www.biodiversityreporting.org/article.sub?docId=30676&c=Peru&cRef=Peru&year=2009&date=July%202008
Enrique Chávez Revista Caretas, Lima, Lima July 2008
PER-092 Alerta Roja Forestal
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elprofesorquiroz@gmail.com