Los considera inconstitucionales. A través de un pronunciamiento hecho público hace unos minutos, la Defensoría del Pueblo exhortó al Congreso de la República a “ejercer facultades de control de la constitucionalidad” a los decretos de urgencia 001-2011 y 002-2011. A través de estos DU se exime a 33 proyectos de diversa índole de la presentación del impacto ambiental (EIA) como requisito previo.
Para la Defensoría, el hecho de que las autoridades decidan sobre el otorgamiento de dichas autorizaciones administrativas “sin poder tomar en cuenta las consideraciones ambientales y sociales que se desprenden del estudio de impacto ambiental”, convierte al EIA en una “mera formalidad administrativa, lo cual es inaceptable para la Defensoría del Pueblo”.
En esta línea, esta institución señala que la certificación ambiental no será un requisito para “otorgar una concesión definitiva para la generación de energía hidroeléctrica” el hecho que que la certificación ambiental no sea “un requisito previo para obtener una licencia de uso de agua –vinculada con alguno de los 33 proyectos-”.
Además, la Defensoría destaca que en los decretos “no se señala con precisión cuáles son las consideraciones de extraordinaria y urgente necesidad que justifican su expedición”. Tampoco se señala “qué daños irreparables se ocasionarían de no emitirse estas normas.Por consiguiente, al no haber justificado su excepcionalidad y necesidad, los referidos decretos de urgencia serían inconstitucionales por la forma”.
Todo esto es relevante para proyectos desarrollados en la Amazonía. Sobre todo aquellos (carreteras, proyectos energéticos y la navegabilidad fluvial de la ruta Yurimaguas–Iquitos–Brasil).
La Defensoría ha mostrado su preocupación, sobre todo, en el proyecto denominado simplemente, “Energía de Nuevas Centrales Hidroeléctricas”, lo cual no permite establecer con precisión a qué proyectos específicos se alude.
Pronunciamiento de la Defensoría del Pueblo sobre decretos de urgencia 001-2011 y 002-2011
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