Defensoría critica Ley que exime de responsabilidad penal a policías y militares que causen muertes en actos de servicio
martes 21 de enero, 2014
La Defensoría del Pueblo calificó de contraproducente la Ley 30151 (que modifica el numeral 11 del artículo 20° del Código Penal), la cual dispone que «está exento de responsabilidad penal: el personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que, en el cumplimiento de su deber y en uso de sus armas u otro medio de defensa, cause lesiones o muerte».
Según el organismo, la norma debilita la protección del derecho a la vida y a la integridad personal de la ciudadanía, porque flexibiliza las reglas para el uso regular de la fuerza por parte de los agentes del orden. Dicha modificación elimina el enunciado de la norma anterior que obligaba al personal policial y militar a usar las armas de acuerdo con sus reglamentos, y adiciona la posibilidad de que se utilice no solo las armas reglamentarias sino cualquier otro medio para tal fin.
«La Defensoría del Pueblo coincide en la necesidad de dotar a las Fuerzas del Orden de las herramientas suficientes para hacer frente a la criminalidad organizada, la delincuencia terrorista, el narcotráfico y la delincuencia común, así como atender los contextos de violencia en los conflictos sociales. Estos distintos escenarios exigen procedimientos diferenciados y especiales. Sin embargo, esta modificación no se condice con dicho objetivo. Por el contrario, pone en riesgo la vida de cualquier persona, al permitirse el uso de armas, desconociéndose el reglamento y manuales de protección de los derechos fundamentales, como el Manual de Derechos Humanos aplicados a la función policial», señaló la Defensoría.
«Esta modificación también contraviene parámetros internacionales como los Principios de las Naciones Unidas, que enfatizan en la necesidad de que el uso de la fuerza por parte de los órganos policiales y militares se realice con sujeción a reglas mínimas, claramente establecidas, que garanticen la vida e integridad de las personas. Actualmente estas reglas no se encuentran reguladas en una norma con rango de ley», agregó en un comunicado.
La Defensoría sostuvo que «es necesario recordar que un Estado democrático debe tomar todas las medidas para asegurar que sus agentes harán uso de la fuerza de manera proporcional y necesaria, evitando al máximo la posibilidad de que ocurran muertes o lesiones de civiles o de personas inocentes, como lamentablemente ha ocurrido en nuestro país. En los últimos dos años y medio se ha reportado 34 civiles fallecidos y más de 949 heridos (de los cuales 357 fueron policías y 5, militares) en contextos de conflictividad social».
Finalmente, expresó que es necesario fortalecer de modo sostenido la labor policial y militar, «apostando por su profesionalización: dotándola de formación y capacitación permanentes y especializadas, equipamiento adecuado, remuneración justa y, cuando corresponda, de una efectiva defensa legal a cargo del Estado, que garantice y asegure que quienes actuaron en legítimo ejercicio de su deber sean reconocidos y no sometidos a sanciones injustificadas».
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