El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy fundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Fiscalía de la Nación contra la Ordenanza del Gobierno Regional de Cajamarca, que declara inviable el proyecto Conga. (Ver fallo del TC)
El TC determinó que el Gobierno Regional de Cajamarca se extralimitó en sus competencias normativas y, además, destacó que según las competencias establecidas en la Constitución, los gobiernos regionales no son competentes para regular aspectos relativos a la gran y mediana minería.
Por otro lado, estableció que la Autoridad Nacional del Agua es la encargada de determinar qué cabeceras de cuencas deben ser declaradas intangibles y no los gobiernos regionales. Asimismo, ratificó que corresponde al Gobierno nacional elaborar planes de control de la actividad económica de las empresas dedicadas a la extracción de minerales.
La ordenanza fue presentada en diciembre del año pasado. En ella se declaraba “de interés público regional la conservación, protección e intangibilidad de las cabeceras de cuenca en toda la jurisdicción de la región Cajamarca”.
Asimismo, declaraba como “inviable” la ejecución del proyecto minero Conga “en las cabeceras de cuenca donde se ubican las lagunas El Perol, Azul, Cortada, Mamacocha”, entre otras. (Ver ordenanza)
1 comentario · Dejar un comentario
Pero quisiéra saber la opinión de SPDA, que opina.
sALUDOS