Consumo responsable y prácticas culturales sostenibles de extracción de recursos marinos

miércoles 16 de marzo, 2022

Foto: Walter Wust

  • El reciente reconocimiento como Patrimonio Cultural de la Nación a la extracción de moluscos de manglar en Tumbes nos invoca a valorizar estos conocimientos y el rol que desempeña en la sostenibilidad de dichos ecosistemas y biodiversidad de nuestro país.

Escribe: José Bringas / Gobernanza Marina SPDA

 

Cuando se habla de consumo responsable, se suele enfatizar en la importancia del conocimiento y promoción de los derechos de los consumidores. Sin embargo, también es necesario recordar que el consumo responsable también implica tomar en cuenta la generación de impactos a lo largo de la cadena de producción y comercialización, procesos en los que todos jugamos un rol importante para su mitigación y control.

A lo largo del Perú, para obtener los productos marinos que consumimos, se practican diversos métodos de extracción. Estos varían en cuanto a la herramienta empleada (artes y métodos de pesca), la forma en la que se realiza (embarcada o no embarcada) y en la escala de la actividad (de mayor escala, de menor escala o artesanal).

Un dato importante es que existe un gran componente cultural asociado a determinados tipos de extracción de recursos hidrobiológicos marinos que, en tiempos recientes, ha empezado a ser reconocido y valorado por el Ministerio de Cultura.  Sobre este, vale la pena una breve reflexión, dada su vinculación con prácticas sostenibles de aprovechamiento de recursos naturales y, por tanto, con el ejercicio de prácticas de consumo responsable.

El pasado 9 de febrero, mediante una resolución viceministerial, el Ministerio de Cultura reconoció como Patrimonio Cultural de la Nación a los “conocimientos, saberes y prácticas relacionados a la extracción de moluscos de manglar, en particular de las especies conocidas como concha negra y cangrejo rojo del manglar, del ecosistema conocido como los manglares de Tumbes”.

Foto: Walter Wust

Como se indica en la resolución, este reconocimiento se basa en que “constituye una modalidad de extracción de moluscos que se ha transmitido de generación en generación desde tiempos prehispánicos, configurando así una herencia cultural producto de siglos de experiencia colectiva y que ha definido, en la actualidad, una actividad económica artesanal poco intrusiva y sostenible, constituyendo en ese sentido un factor indispensable para la preservación del ecosistema del manglar y de la forma de vida asociada al mismo”.

Tanto la concha negra como el cangrejo rojo de manglar son recursos hidrobiológicos marinos que habitan en el ecosistema de manglar, cuya extracción se realiza al interior del Santuario Nacional Manglares de Tumbes (SNLMT) bajo el cumplimiento de las normas aprobadas por el Ministerio de la Producción (Produce). Asimismo, también se aplican Acuerdos de Gestión entre la Jefatura de la SNLMT y las asociaciones de pescadores artesanales que extraen estos mariscos.

Las reglas de juego en los Manglares de Tumbes

De acuerdo con el Informe N° 058-2022-DPI/MC (que sustenta el reconocimiento como patrimonio de la Nación) estos Acuerdos de Gestión establecen, en aplicación de la normativa vigente, que no se recoja más de 96 unidades de cangrejo rojo de manglar por pescador, con una talla mínima de 6.5 cm., así como la prohibición de recolectar ejemplares hembras. En el caso de la concha negra, se limita su colecta a un máximo de 200 ejemplares por pescador, con un tamaño mínimo de 4.5 cm. En ningún caso se permite extraer estos moluscos con anzuelos.

Los Acuerdos de Gestión también contemplan el estricto cumplimiento de las vedas. En el caso del cangrejo rojo de manglar, entre el 15 de enero y fines de febrero (28 o 29, según corresponda), está prohibida su extracción, transporte, procesamiento y comercialización, ya que esta época del año corresponde con su época de apareamiento. Las mismas restricciones aplican entre el 15 de agosto y el 30 de setiembre, época del año en la que estos cangrejos mudan de caparazón, por lo que son especialmente vulnerables.

En el caso de la concha negra, entre el 15 de febrero y el 31 de marzo, está prohibida su extracción, transporte, procesamiento y comercialización, ya que, durante esta época del año, este recurso hidrobiológico entra en desove y reproducción.

Como se puede ver, estas medidas de ordenamiento pesquero buscan garantizar el aprovechamiento sostenible de estos recursos hidrobiológicos marinos, procurando evitar su depredación. Por otro lado, continúa pendiente la implementación de otras medidas de ordenamiento pesquero, como las incorporadas por el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Recursos Invertebrados Marinos Bentónicos (RIMB), aprobadas por el Decreto Supremo N° 018-2021-PRODUCE, aplicable para este tipo de recursos hidrobiológicos y que fortalecerán las reglas de juego que se vienen aplicando en ecosistemas como los Manglares de Tumbes.

El reconocimiento de las prácticas culturales ancestrales asociadas a su extracción, como patrimonio de la Nación, debe invocarnos a valorizar este conocimiento y el rol que desempeña en la sostenibilidad de estos ecosistemas y biodiversidad de nuestro país. Esto fortalecerá nuestro rol como consumidores responsables.

Por nuestra parte, debemos cumplir y promover el estricto respeto de las medidas de ordenamiento pesquero, como son las tallas mínimas de extracción y captura, así como de las temporadas de veda de extracción, transporte, procesamiento y comercialización de la concha negra y del cangrejo rojo de manglar, así como de todos los productos marinos.

Debemos tomar en cuenta que nuestro rol como consumidores responsables también abarca, cuando corresponda, la denuncia ante las autoridades competentes, en caso identifiquemos el incumplimiento de estas medidas de ordenamiento pesquero, por ejemplo, en los puntos de venta de recursos marinos o al consumir estos productos en un restaurante.

De esa forma, podemos colaborar con la valorización de las prácticas culturales ancestrales de nuestros pescadores, empoderando nuestro rol en el cumplimiento de las medidas de ordenamiento pesquero, que buscan garantizar la protección y el aprovechamiento sostenible de nuestra biodiversidad marina.

 

 

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