Desde el día de hoy hasta el 12 de agosto, 21 representantes de América Latina y el Caribe, entre ellos Perú, participarán de la Cuarta Reunión del Comité de Negociación en República Dominicana. Durante esta reunión se revisará el texto del documento preliminar del acuerdo regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales establecido como compromiso en el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.
Puede revisar el texto completo aquí: http://goo.gl/6Xy6tI
Se espera que los países mantengan el ánimo de cooperación, perseverancia, proactividad y transparencia para así lograr que se culmine con la revisión de los artículos del 6 al 10 del Acuerdo.
Aportes desde la sociedad civil
El pasado 13 y 14 de julio, los representantes de la sociedad civil de los distintos países se reunieron en Panamá con el fin de revisar el documento preliminar. Como resultado de esta reunión, en la cual participó la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), se desarrollaron propuestas y aportes a los artículos 6,7, 8 y 9 que se espera sean incluidos en la versión final del Acuerdo.
En relación al acceso a la información ambiental, los principales comentarios fueron:
- Precisar el contenido del sistema de información ambiental como aquella relacionada al cumplimiento de sanciones administrativas, civiles y penales en asuntos ambientales.
- Modificar las condiciones para acceder a la información ambiental como el plazo de atención en tanto se prevé un plazo de 30 días hábiles, siendo este demasiado extenso.
- Detallar la información que debe contener el informe nacional del medio ambiente como incluir datos cuantitativos sobre la calidad del ambiente.
Respecto del derecho a la participación pública en las decisiones ambientales, la sociedad civil resaltó que los países deben garantizar el acceso a la información para asegurar una participación completa y transparente, y una mejor toma de decisiones. Además, se rescató la opinión de Perú que indicaba que las observaciones que se presenten en audiencias o consultas públicas podrán ser orales.
Finalmente, sobre el derecho de acceso a la justicia ambiental, se indicó que el texto debe precisar que los procedimientos deben ser efectivos, claros, gratuitos. Perú recomendó que se cuente con entidades científicas para que brinden apoyo a los órganos jurisdiccionales y con intérpretes o traductores cuando los demandantes hablen lenguas originarias. Estas recomendaciones también fueron incluidas.
Puede revisar los aportes en los siguientes enlaces:
- Artículo 6 (Acceso a la información ambiental) y 7 (Generación y divulgación de información ambiental): http://negociacionp10.cepal.org/4/sites/default/files/pages/files/propuestas._art6_7_english_and_spanish.pdf
- Artículo 8 (Participación del público en la toma de decisiones): http://negociacionp10.cepal.org/4/sites/default/files/pages/files/propuestas_article_8._spanish_and_english.pdf
- Artículo 9 (Acceso a la Justicia): http://negociacionp10.cepal.org/4/sites/default/files/pages/files/propuestas_articulo_9._spanish_and_english._1.pdf
Finalmente, debemos tener en cuenta que el acuerdo regional que buscamos debería constituirse en una herramienta internacional que trascienda la legislación de cada país, que sea vinculante y establezca estándares altos a nivel regional que permitan a los países avanzar en la implementación de estos derechos.
Comments are closed here.