Callao: más de 1300 árboles serán talados o trasladados por construcción de Vía Expresa Santa Rosa
martes 14 de mayo, 2024
- El proyecto vial Vía Expresa Santa Rosa contempla la tala de árboles de hasta 70 años de edad. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) ha advertido que no existiría una correcta compensación ambiental por parte de Provías Nacional, titular de la obra.
- Provías Nacional dio a entender que optaron por el traslado de algunos árboles porque no serían compatibles con el “diseño geométrico” ni con el “proceso constructivo” de la Vía Expresa Santa Rosa.
Escribe: Yessenia Coronel / ycoronel@spda.org.pe
La avenida Santa Rosa se extiende por los distritos de Callao, Bellavista y La Perla, en la provincia de Callao. Sus bermas central y lateral actualmente contienen árboles jóvenes y adultos. Sin embargo, pronto estos ya no existirían porque algunos serán talados o removidos por la construcción de la Vía Expresa Santa Rosa, un proyecto vial anunciado por las autoridades peruanas.
La Vía Expresa Santa Rosa, que estaría lista en el 2027, contempla la creación de un viaducto elevado de aproximadamente 3.6 kilómetros. De acuerdo a información oficial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el proyecto permitirá la conectividad de la Costa Verde con el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
Las autoridades han mencionado algunos de los beneficios de la obra. Por ejemplo, que movilizaría a los ciudadanos de un punto a otro en un tiempo estimado de 5 minutos, y que descongestionaría esta zona del Callao.
No obstante, estos presuntos beneficios contrastan con las áreas verdes que se perderán. Según el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd) del proyecto, aproximadamente 290 árboles serán talados y 1115 serán trasladados. Este número hace referencia a los arbustos ubicados en el eje principal del proyecto, así como los situados en las vías transversales a la avenida Santa Rosa.
Se talarán árboles de 50, 60 y hasta de 70 años
En Perú se permite la tala de árboles de manera excepcional. Y la edificación de una obra vial, precisamente, es una salvedad contemplada en la Ordenanza Municipal 1852 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
En ese marco, la construcción de la Vía Expresa Santa Rosa estima la tala de 290 árboles en La Perla, Bellavista y el Callao. Una característica clave de estas especies que serán sacrificadas recae en sus edades, ya que tienen 30, 40, 50, 60 y 70 años. Para Guillermo Gonzáles, ingeniero y asesor forestal, matar a un árbol mayor a 30 años representa, actualmente, una pérdida irreparable.
“Si se elimina un árbol antiguo, no se podría sustituir por más que planteamos 50 o 100 árboles nuevos. Por eso, a un árbol de 30, 40 o 50 años, así esté enfermo, es decir, con un estado fitosanitario malo, se le debe de aplicar medidas para gestionarlo, y mantenerlo estable y seguro por más años”, advirtió.
A pesar de la importancia que representan, el proyecto contempla la eliminación de hasta 71 árboles adultos de 30 años.
Para el especialista ambiental, la importancia de conservar especies adultas recae en los beneficios que proporcionan al ser humano y, sobre todo, al ambiente.
“Un árbol de 30, 40, 50 años ya es un ecosistema porque sobre él viven animales. Para nosotros, significa una calidad de aire mucho mejor, una disminución en la incidencia de la radiación. Y también un ahorro energético por disminuir el uso de sistemas refrigerantes, como el aire acondicionado, porque los árboles termorregulan, generan sombra, dan soporte a la fauna urbana”, explicó.
No habría una compensación efectiva de árboles
Provías Nacional propone plantar aproximadamente 2806 árboles por los más de 1100 árboles que eliminará y moverá. Aunque esta cifra a simple vista parece atractiva, lo cierto es que esta cantidad resultaría “insuficiente”, de acuerdo al propio MTC.
“La compensación (de Provías Nacional) sería insuficiente”, advirtió el MTC el 6 de diciembre del 2023, en el informe de evaluación ambiental del EIA-sd al que tuvo acceso Actualidad Ambiental.
¿Qué implica una compensación? La Ordenanza Municipal 1852 determina que, si se llegara a talar o trasladar un árbol, el área afectada debe ser remediada de manera obligatoria. Por dicha razón, los municipios de La Perla y Bellavista contemplan una cantidad de árboles a plantar cada vez que se retire uno de su jurisdicción, mediante las ordenanzas 014-2023-MDLP y 015-2013-CDB, respectivamente.
Por ejemplo, en La Perla, la compensación consiste en la dotación de 15 árboles por cada especie talada y por cada m2 de área verde deteriorada. Mientras que, en Bellavista, la restitución arbórea equivale a la reposición de 10 árboles por cada especie o palmera afectada.
“Sobre lo declarado, se observa que la compensación es insuficiente, dado que no ha considerado la Ordenanza Municipal 015-2013-CDB en el ámbito de Bellavista (…) y la Ordenanza Municipal 14-2023-MDLP en el ámbito de La Perla”, prosiguió el MTC en el informe en el que evalúa el estudio ambiental que fue presentado por Provías Nacional.
Por tanto, para el MTC, la compensación que realizará Provías Nacional no está de acorde con las ordenanzas de los distritos del Callao.
Para el especialista forestal Guillermo Gonzáles, la falta de la reglamentación de la Ordenanza Municipal 1852 imposibilitaría que la compensación se desarrolle de manera correcta en Lima.
“Se necesita una normativa más especializada. En el Callao no hay una ordenanza que reglamente todos esos trabajos, y la de Lima no está reglamentada desde que se emitió en el 2014. Por tanto, hay muchos vacíos que son aprovechados dentro de las obras”, aseguró.
En este reglamento, por ejemplo, las autoridades tendrían que especificar los criterios y métodos a seguir para lograr una correcta compensación. Esto, con la finalidad de que se refleje el verdadero valor del árbol, en términos de sus costos de mantenimiento y beneficios ambientales.
“La ordenanza 1852 de Lima dice que hay que compensar, pero no menciona de qué tamaño, de qué edad. Alguien puede talar un árbol grande y antiguo, y te dan diez pequeños de 30 cm. Entonces, el reglamento te debería dar todas esas pautas: de qué especies son y qué tamaño debería tener”, agregó.
Colectivo reclama por espacios públicos
Gina Rivera tiene 45 años viviendo en Bellavista. Ella es miembro del colectivo ciudadano “Callao le dice no a la Vía Expresa Santa Rosa” junto a otras 2 mil personas aproximadamente. Una de sus principales preocupaciones es la eliminación de los árboles en la avenida Santa Rosa porque considera que se estaría vulnerando su derecho —y el de sus vecinos— a vivir en un ambiente sano.
“En el Callao no hay muchas áreas verdes. Y una de las que tenemos es la avenida Santa Rosa, que actualmente está arbolada. Hay una alameda y eso lo quieren cambiar por un viaducto elevado. Para nosotros, ese espacio público es calidad de vida”, comentó.
Asimismo, agregó que las autoridades solo informan sobre un presunto aumento de áreas verdes en la zona y no de los árboles que serían removidos:
“En redes sociales, solo dicen que van a aumentar áreas verdes, pero no hablan del hecho que van a retirarlos (…). No sé a quién quieren engañar. Muchos de esos árboles nosotros los hemos sembrado y han crecido con nosotros. Entonces, hay un vínculo de vida, no es como plantar diez en su lugar y listo. Nosotros hemos regado, hay un esfuerzo para que ese árbol viva. Nos quitarán los árboles por cemento”, manifestó.
Respuesta de Provías Nacional
Actualidad Ambiental se contactó con Provías Nacional y, por medio de una respuesta escrita, indicó que se optó por el traslado de dichos árboles porque no serían compatibles con el “diseño geométrico” ni con el “proceso constructivo” de la Vía Expresa Santa Rosa.
“El proyecto contempla un Subprograma de Manejo de Áreas Verdes que prevé medidas, presupuesto y especificaciones para el manejo forestal, a través de la reubicación de los árboles que no puedan conservarse en la vía por el proceso constructivo y el diseño geométrico de la Vía Expresa Santa Rosa”, explicó.
Además, la institución señaló que las especies que plantará, en el marco de la compensación, tendrían una altura mínima de 2.5 metros y un estado de salud “libre de insectos, plagas, y enfermedades”; no obstante, no especificó sobre la edad de dichos árboles.
“Las principales especies nativas y adaptadas en el diseño paisajístico y de compensación son: Acacia Filipina, Árbol de Júpiter, Cedro Americano, Ceibo, Huaranguay, Meijo, Melia, Molle Costeño, Molle serrano, Mutuy, Ponceana, Floripondio, Jacarandá. Con una altura mínima de 2.50, el diámetro varía en función del crecimiento de la especie. Por lo anterior, se establece que todas las especies deben contar con un buen estado fitosanitario, libre de insectos, plagas y enfermedades, así como sin síntomas deficitarios de nutrientes”, agregó.
Por último, sobre la cantidad de árboles a compensar, Provías Nacional indicó que están guiándose de las ordenanzas 015-2013-CDB, de Bellavista, y 014-2024-MDLP, de La Perla. Esto, pese a que, tal como se mencionó anteriormente, el MTC ya advirtió que Provías Nacional no ha considerado dichas normativas en la formulación de su estudio ambiental, el cual se encuentra en proceso de evaluación por el MTC.
Sobre la protección de espacios públicos
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de vivir en un ambiente sano, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de su vida. En ese sentido, la Ordenanza Municipal 1852 señala que, antes de sacar o trasladar una determinada área verde durante la construcción de una obra pública o privada, se deben evaluar alternativas como la poda y la adecuación de los diseños constructivos.
No obstante, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) advirtió con anterioridad que en el presente proyecto vial no existe información suficiente que permita esclarecer que se contemplaron, efectivamente, otras alternativas para conservar los espacios públicos:
“De la revisión del proyecto del EIA-sd, advertimos que no existe información clara y suficiente que permita determinar que el proyecto responde a una demanda real, si existen otras alternativas que se alineen a las expectativas de la ciudadanía de conservación de espacios verdes, y que su ejecución es proporcional al beneficio que se obtendría, a fin de garantizar el ejercicio pleno del derecho de contar con un ambiente sano y equilibrado”, advirtieron Vera Morveli y Pámela Ramírez, abogadas de la SPDA.
Cabe mencionar que los espacios públicos están conformados por las áreas verdes, plazas, plazuelas, anfiteatros, losas deportivas, parques, jardines, alamedas, malecones y similares. Y, en Perú, se encuentran amparados por el reglamento de la Ley 31199, Ley de Gestión y Protección de los Espacios Públicos.
“La construcción de esta obra vial debe suponer un beneficio para la población resguardando su derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado, dentro de una ciudad sostenible, inclusiva y pensada en la ciudadanía”, concluyeron las especialistas de la SPDA.
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