Aprueban norma que establece medidas para la pesca sostenible de la pota

  • Esta mañana se publicó el Decreto Supremo 003-2025-PRODUCE, que actualiza el Reglamento de Ordenamiento de la pota y regula la pesca de calamar gigante en nuestro país.
  • La norma establece medidas para una extracción racional y sostenible del recurso, teniendo en cuenta sus características biológicas, así como la conservación del medioambiente y la biodiversidad.

martes

11 de marzo, 2025

Pescador de jalando de la línea potera durante su faena. Foto: Diego del Río / SPDA

Hoy, 11 de marzo, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo 003-2025-PRODUCE, norma que actualiza el Reglamento de Ordenamiento Pesquero (ROP) del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), luego de 15 años, e incluye medidas que corresponden con la realidad actual de esta pesquería. 

La pesquería artesanal de pota es la más importante en nuestro país en términos de generación de empleo, pues garantiza más de 30 mil puestos de trabajo, entre tripulantes y dueños de embarcaciones. Además, Perú es el segundo productor de pota a nivel mundial, y esta pesquería aporta anualmente 42 millones de kilogramos de alimento para los peruanos y más de 800 millones de dólares en exportaciones. 

El nuevo reglamento declara a la pota como un recurso plenamente explotado; es decir, ha llegado a su máximo rendimiento sostenible, por lo que es necesario establecer diversas medidas para realizar una explotación racional y sostenible. Entre ellas, destaca que para pescar pota se debe emplear solo un arte de pesca pasivo: la línea potera. 

En ese sentido, la pesca de pota solo podrá comenzar en enero bajo una resolución ministerial que determine el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP). Además, el Ministerio de la Producción (Produce) podrá autorizar cuotas temporales o regímenes especiales sin afectar el LMCTP. 

Para realizar la actividad, es necesario contar con un permiso de pesca vigente y protocolo de habilitación sanitaria. El decreto también promueve el uso de equipos satelitales del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) y la implementación progresiva del Sistema de Trazabilidad de Pesca y Acuicultura (SITRAPESCA). 

Para la pesca en altamar (más allá de las 200 millas), se implementará el Sistema Virtual para el Registro en la OROP-PS (SIVIROP), para facilitar la inscripción de las embarcaciones. Finalmente, se promueve la participación de los actores del sector, incluyendo mecanismos de gobernanza para la toma de decisiones. 

Personas procesando pota en planta de Paita. Foto: Diego del Rio / SPDA

Consolidando la pesca de la pota 

“Este nuevo ordenamiento representa un paso importante para consolidar la pesquería de pota como una actividad sostenible y competitiva, asegurando el bienestar de miles de pescadores artesanales y fortaleciendo el desarrollo económico del país y la seguridad alimentaria”, afirmó Jesús Barrientos, viceministro de Pesca y Acuicultura. 

Por su parte, Elsa Vega, presidenta de la Sociedad Nacional de Pesca Artesanal, destacó la participación de diversas organizaciones que dependen de esta pesquería.  

“Este nuevo reglamento es el resultado del trabajo conjunto de los diversos gremios pesqueros para lograr mejorar la protección de este valioso recurso. Felicitamos al Gobierno, así como a todas las bases pesqueras, por marcar este importante hito histórico”, puntualizó la dirigente. 

 

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