Aprueban ley para priorizar la atención de personas afectadas por metales pesados

Foto: Red Muqui

  • La norma también fomenta la prevención y mitigación de la contaminación por este tipo de metales y otras sustancias químicas.

 

El pasado martes 4 de mayo, el Ejecutivo promulgó la Ley 31189, Ley para fortalecer la prevención, mitigación y atención de la salud afectada por la contaminación con metales pesados y otras sustancias químicas.

El objetivo de la norma es reducir la contaminación por este tipo de sustancias y priorizar la atención de las personas afectadas que, desde hace meses e incluso años, exigen al Estado una urgente atención. Por ello, en su artículo 6, declara de interés nacional la atención prioritaria en la salud de los afectados.

La ley también tiene como fin incorporar la prevención, mitigación y atención de la salud de las personas afectadas como enfoques en la formulación y ejecución de políticas públicas en salud, y en materia ambiental, tanto a nivel nacional como regional y local.

Asimismo, encarga a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Ministerio de Salud (Minsa) la definición de los actores y de los mecanismos de articulación intersectorial e intergubernamental para incorporar estos temas en los planes y programas de los ministerios competentes, así en los gobiernos regionales y locales.

En lugares como La Oroya se han registrado personas afectadas por diversos metales pesados. Foto: Jaime Tranca / SPDA

Registro de afectados

El Minsa, además de elaborar y actualizar los protocolos de atención e instrumentos técnicos, implementará y actualizará el Registro Nacional de Personas Afectadas en la Salud por Contaminación con Metales Pesados y Otras Sustancias Químicas, con el objetivo de “organizar el sistema de atención sobre esta materia, que brinde mayor conocimiento sobre su incidencia, prevalencia y demás información relevante en cada área geográfica que se produzca, así como los niveles de afectación en la salud”.

Este registro se construirá a partir de la información obtenida en atenciones médicas realizadas en los establecimientos de salud de los tres niveles de gobierno, y el Minsa será responsable de su conducción y actualización periódica, conforme lo señale el reglamento.

Finalmente, la norma aclara que el financiamiento de las disposiciones se financiará con cargo a los presupuestos institucionales de las entidades públicas involucradas, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.



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