Escribe Fátima Contreras / Programa de Política y Gobernanza Ambiental de la SPDA
El pasado 4 de octubre, se publicó el Decreto Supremo 164-2020-PCM, que aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública con la finalidad de orientar y ordenar la entrega de información por parte de las entidades públicas. Esta norma entra en vigor este viernes 9 de octubre para todas las entidades de la administración pública.
Sin duda, este procedimiento es un avance para alinear la gestión pública en aras de garantizar la transparencia y el derecho de acceso de información ambiental en el Perú, reconocido en nuestra Constitución, a pesar de que no introduce disposiciones nuevas a lo ya regulado en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Por ello, desde la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) identificamos 5 puntos de la agenda pendiente que se debe priorizar para garantizar la transparencia y el acceso a la información ambiental en nuestro país.
En primer lugar, repasemos qué dice esta norma recientemente aprobada:
¿De qué trata el Procedimiento Administrativo Estandarizado?
Los considerandos del decreto supremo establecen que se vienen presentando incumplimientos a la normativa vigente, tales como cobros indebidos, exigencia de requisitos adicionales a los previstos, excesiva demora en la adecuación de los procedimientos administrativos de las entidades públicas, entre otros. Para corregir estos incumplimientos, la Presidencia de Consejos de Ministros aprobó un procedimiento administrativo que esclarece la aplicación de las disposiciones del marco legal sobre acceso a la información.
En esta norma, además, se establece la oportunidad de las entidades de administración pública para que establezcan condiciones más favorables para tramitar este procedimiento, a través de menos requisitos, actividades, plazos de atención o eliminación de costos. De esta manera se pretendería incentivar mejores prácticas para promover la transparencia.
¿Por qué es importante tener este procedimiento claro?
El procedimiento de solicitud de acceso a la información es uno de los mecanismos para acceder a información que tienen las entidades públicas más recurrentes para la ciudadanía al momento de recabar información. Con la aprobación del TUO de la Ley de transparencia y acceso a la información el año pasado, se esperó aclarar varias disposiciones de esta ley con la finalidad de promover una mejor gestión pública de las autoridades.
Sin embargo, aún con esta modificación, la brecha de las condiciones que permitirían a las entidades públicas implemente efectivamente esta norma, no se vio reducida. Por ello, este procedimiento tiene a bien uniformizar el entendimiento de las obligaciones de las autoridades y los derechos de la ciudadanía.
La transparencia en materia ambiental
Como señala la norma, este procedimiento es obligatorio para todas las entidades de la administración pública. Es decir, también para las entidades que gestionan información ambiental.
La transparencia en materia ambiental es un presupuesto fundamental para ejercer adecuadamente los mecanismos de participación ciudadana y acceder a los mecanismos de administración de justicia en materia ambiental. La información ambiental se caracteriza por ser variada en sus categorías ya que implica mantener actualizada la información sobre calidad de los componentes ambientales, sobre el stock de elementos de flora y fauna, la identificación de pasivos ambientales, entre otros.
Por ello, la óptima gestión de la información ambiental es clave para la toma de decisiones en el diseño de políticas públicas, de normas ambientales y en procedimientos de evaluación.
Agenda pendiente
Ahora bien, si bien esta norma favorece la estandarización del mecanismo de acceso a la información pública mediante solicitudes que presentan ciudadanos y ciudadanas, aún existen desafíos para que podamos identificar a la gestión pública con los pilares de un gobierno abierto.
Estos son algunos puntos pendientes que desde la SPDA planteamos para seguir trabajando a favor de la transparencia:
1. Propiciar la consolidación de un gobierno abierto y la transparencia activa
Un gobierno abierto se caracteriza por poner a disposición la información que genera y recibe en portales de transparencia de fácil uso y navegación. Esto se conoce como transparencia activa. Es decir, desprendernos de la necesidad de solicitar información que podemos encontrar en las páginas institucionales de todas las autoridades de la administración pública.
Uno de los esfuerzos de nuestro país en este punto es su participación en la iniciativa multilateral Alianza para el Gobierno Abierto, en donde presentan metas y compromisos para alcanzar las condiciones habilitantes que permitirá promover la transparencia en todas sus entidades sectoriales y gubernamentales.
2. Consolidar el Sistema Nacional de Información Ambiental
El Sistema Nacional de Información Ambiental es el sistema principal de sistematización de la información de carácter ambiental en nuestro país. Los gobiernos regionales y locales también desarrollan e implementan sistemas de información ambiental dentro de sus ámbitos de competencia. Es fundamental lograr la retroalimentación e interoperabilidad entre todos los sistemas de información.
En enero de este año, el Ministerio del Ambiente (Minam) prepublicó por primera vez el reglamento de este sistema a fin de establecer disposiciones que permitan su consolidación a través de la definición de competencias del ministerio y establecer disposiciones que permitan administrar su operatividad.
3. Implementar mecanismos de acceso a la información en otras lenguas e idiomas oficiales
Es un gran desafío pendiente adecuar los mecanismos de acceso a la información a los idiomas y lenguas oficiales de nuestro país. Los portales de transparencia, los formatos de solicitudes de acceso, la entrega de la información debería estar a disposición de toda la ciudadanía y para ello, es fundamental que, en mérito de nuestro reconocimiento como país plurilingüístico, se consolide como una práctica obligatoria y necesaria la traducción a distintas lenguas.
4. Fortalecer a la Autoridad Nacional de Transparencia
Actualmente esta autoridad, que forma parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es ejercida por la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales. A dos años desde su creación, mediante el Decreto Legislativo 1353, es clave repensar en la necesidad de que se constituya como una autoridad completamente autónoma y con competencias para diseñar y aprobar normas de mayor carácter imperativo.
5. Ratificar el Acuerdo de Escazú
El Acuerdo de Escazú es un instrumento regional para América Latina y El Caribe sobre los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública y justicia en asuntos ambientales. Este tratado establece disposiciones clave para estandarizar y garantizar el ejercicio efectivo de estos derechos.
A la fecha, el Acuerdo de Escazú, suscrito por el Perú en setiembre de 2018, aguarda su ratificación en la Comisión de Relaciones Exteriores del Congreso de la República. Con su ratificación nuestro país se comprometería a la implementación de sus disposiciones a fin de fortalecer estos derechos que son pilares de la democracia ambiental.
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