¿Cuáles son los procesos normativos que buscan derogar la “Ley Antiforestal”?

jueves 9 de mayo, 2024

Foto: Diego Pérez/ SPDA

  • Luego de su aprobación en enero de este año, se han presentado diversos recursos para derogar la norma que significa una eminente amenaza de gozar de un ambiente sano al  poner en peligro los bosques del Perú. 

Escribe: Flor Cabanillas, Programa Bosques y Servicios Ecosistémicos (PBSE) de la SPDA. 


Ha pasado casi cuatro meses de la aprobación de la Ley 31973, Ley que modifica la Ley 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la citada norma restringe la competencia del Ministerio del Ambiente (Minam) de los artículos 29° y 33° relacionados al establecimiento de los bosques de categoría I y II y  la aprobación de la Zonificación Forestal, los cuales desde la aprobación de la citada norma serán aprobados por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego
(Midagri), asimismo se suspende la Zonificación Forestal para el otorgamiento de títulos habilitantes, se suspende el procedimiento de clasificación de tierras por su capacidad de uso mayor (CTCUM) para el otorgamiento de títulos de propiedad y exceptúa la obligación de presentar la Autorización de Cambio de Uso en Predios Privados.

La controvertida norma deviene de los Proyectos de Ley Ley 649, 894 y 2315/2021-CR y desde el año 2022 antes de su aprobación generó diversos pronunciamiento y opiniones de más de 300 instituciones públicas y privadas que solicitaban que la autógrafa del proyecto de ley sea observada por el ejecutivo, sin embargo, fue aprobada el 14 de enero del 2024, por el Congreso de la República sin realizar el procedimiento de consulta previa  e incumplimiento su propio reglamento al no considerar una moción de reconsideración presentada y aceptada. 

Entre los riesgos y puntos claves formulados por las distintas instituciones públicas y privadas los más resaltantes son:

  • Incumplimiento de la Constitución Política del Perú, artículo 66°, que reconoce a los recursos renovables y no renovables como Patrimonio de la Nación, (Las tierras X y F son un recurso y Patrimonio Forestal y no pueden ser entregados en propiedad privada).
  • Incumplimiento de la consulta previa, poniendo en riesgo el derecho de más de 370 mil indígenas al generarse diversos conflictos de tierras deforestadas por terceros que podrían ser titulados con la presente norma.  
  • Fomenta la deforestación, al establecer de forma directa la titulación de las áreas que no contengan masa boscosa y desarrollen actividad agropecuaria, eliminando el CTCUM necesario en los procesos de titulación. El mensaje para el agricultor es: “El Estado solo titula lo deforestado”, y acabará con los bosques que han quedado aislados. Generando un mayor impacto sobre el cambio climático. 
  • El mayor porcentaje de tierras de la Amazonía están categorizadas como X y F, las cuales están cubiertos de bosques y otras han sido cambiadas de uso producto de la agricultura en menor y mayor escala, pretender titularlas es cambiar la potencialidad y limitación que tienen estas tierras. 
  • Según informe de la fiscalía se podría archivar más de 1300 procesos fiscales y judiciales por delitos contra los recursos naturales, dejando indefensos a líderes indígenas, organizaciones civiles y personas naturales que viene generando denuncias y luchan contra organizaciones criminales que están detrás de estos delitos.   
  • Desconoce y transgrede algunos tratados y convenios internacionales, tales como: Convenio Marco de las Naciones Unidas Sobre Cambio Climático, Tratado Comercial con EE.UU. y la Unión Europea,

A la fecha de la presente nota, existen procesos normativos orientados a derogar la Ley 31973, con el objetivo de salvaguardar el Patrimonio Forestal que entre otros considera a: los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre y los servicios que prestan; las tierras forestales y de protección, defender el derecho de los pueblos indígenas y la eminente amenaza de gozar de un ambiente adecuado y equilibrado como nuestro  derecho fundamental para el desarrollo de una vida sana.  

Foto: Diego Pérez/ SPDA

Los procesos normativos en marcha son:

  • Dos demandas de inconstitucionalidad presentadas por el Colegio de Sociólogos del Perú Región Lima y Callao y el Gobierno Regional de San Martín, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la demanda interpuesta por el GORE San Martín, notificándose al congreso para que se apersone al proceso y conteste la demanda.
  • Una demanda constitucional de acción de amparo presentada el 05 de marzo del presente año en el 2do. Juzgado Civil – Sede Maynas de Tarapoto, la cual ya fue admitida a trámite, notificándose a los demandados para que se aproximen al proceso. 
  • Cinco proyectos de ley (06788, 06812, 06890, 06958 y 07248), que solicitan la derogación de la Ley 31973, y cuenta con el Predictamen de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, que recomienda la aprobación de los citados proyectos ley y a sido trasladado a la Comisión Agraria. 

En tanto la denominada Ley Antiforestal” sigue en controversia los bosques en la región se siguen deforestando y si bien no existe capacidad del Estado para intervenir por cada alerta en el territorio, el último 29 de abril  se registró y constató por parte de Autoridades del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, y la jefatura del Área de Conservación Regional Cordillera Escalera la deforestación de 1.5 hectáreas de bosque primario, lo que llamó la atención en la noticia fue lo dicho por el Ing. Javier Sinti Flores, gerente del citado Proyecto Especial, quien textualmente manifestó: “A raíz de esta Ley que ha salido de la flora y fauna creo que ellos han malinterpretado, entonces han interpretado que tienen una carta abierta para entrar en zonas de conservación o amortiguamiento cosa que es totalmente equivocada. ”

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