[Infografía] Loreto y la seguridad jurídica de territorios indígenas: avances y pendientes

lunes 14 de septiembre, 2020

  • Según DIGESPACR, a la fecha se han titulado a más del 43% de comunidades reconocidas en la región. 

Los pueblos indígenas mantienen una estrecha relación con el territorio que ocupan ancestralmente. Por ello, la seguridad jurídica sobre sus territorios es fundamental, pues les garantiza tener el espacio y las condiciones para que puedan dar continuidad a sus tradiciones, así como conservar y aprovechar sus recursos naturales. Pero, ¿qué significa seguridad territorial?

Si bien el procedimiento de titulación es el llamado a reconocer el derecho de propiedad de los pueblos indígenas, en el Perú contar con un título de propiedad puede no ser suficiente para proteger sus derechos sobre los territorios que ocupan ancestralmente. En este sentido, Katherine Sánchez, abogada del Programa de Biodiversidad y Pueblos Indígenas de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), resalta que el concepto de seguridad jurídica del territorio implica, muchas veces, más que la obtención de títulos de propiedad.

“Es necesario revisar nuestro contexto. En Loreto, por ejemplo, estos títulos pueden contener errores respecto de los linderos de la comunidad o, por el paso del tiempo y la dinámica de nuestros pueblos indígenas, las hectáreas reconocidas resulten insuficientes para satisfacer sus necesidades y se vuelve necesario contemplar una ampliación”, explica la especialista.

Georreferenciación y ampliación

El aseguramiento del territorio de los pueblos indígenas inicia con la titulación. A través de este procedimiento se reconoce y busca proteger el derecho de propiedad de las comunidades sobre los territorios que ocupan. Sin embargo, en el Perú es necesario que se tomen en cuenta otros dos procedimientos adicionales, los cuales han sido implementados con el fin de perfeccionar los efectos de la titulación

De esta manera, son 3 los procedimientos de saneamiento físico legal que la autoridad encargada de brindar seguridad sobre sus territorios a las comunidades debe tener en cuenta: titulación, georreferenciación y ampliación.

Aunque actualmente los procesos de titulación emplean sistemas catastrales con mapas que se basan en información satelital, esto no siempre ha sido así, y existen comunidades que han sido tituladas empleando mecanismos de tipografía clásica. Esto impide su inclusión en el sistema de catastro digital, dando lugar a la superposición de derechos, así como a conflictos limítrofes. Por ello es necesario un proceso de georreferenciación, el cual permite una corrección de los linderos y vértices contenidos en el título de propiedad.

Asimismo, las comunidades nativas tituladas pueden, con el paso del tiempo, necesitar más espacio. Para ello, la legislación peruana ha implementado un tercer procedimiento: la ampliación. La cual consiste en la emisión de un título sobre una extensión del territorio indígena. Esto, luego de haberse acreditado y verificado que la comunidad posee tierras en cantidad insuficiente no pudiendo satisfacer las necesidades de su población.

Entonces, ¿una comunidad podría necesitar atravesar los tres procedimientos para asegurar sus derechos territoriales? Sí. Katherine Sánchez comenta que la experiencia les ha mostrado esto, y menciona como ejemplo el caso de las comunidades Boca de Copal, Titiyacu y Unión Antonieta, en Loreto, las cuales tuvieron que franquear las fases y particularidades de cada uno de ellos.

Lo pendiente: incluir estos procesos en el cierre de brechas

Pese a la relevancia que la experiencia ha demostrado tanto de la georreferenciación, como de la ampliación, el anunciado cierre de brechas de titulación de comunidades no observa estas dos variables. Y si a esto le sumamos que más del 20% de comunidades nativas del país cuentan con un título de propiedad no inscrito en registros públicos, el escenario nos exige replantear la idea de seguridad jurídica de los territorios indígenas para hacerla realmente efectiva.

Además, según Katherine Sánchez, no debemos olvidar que los Pueblos Indígenas en Aislamiento y Contacto Inicial (Piaci) también son pueblos indígenas y, debido a sus particularidades, “resulta primordial garantizar sus derechos sobre los territorios que ocupan ancestralmente. Así, el concepto de seguridad territorial debe ser amplio, adaptable y centrarse en su fin último: el aseguramiento de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus territorios”.

En este contexto, la SPDA, de acuerdo a los hallazgos y aprendizajes obtenidos en el transcurso de su proyecto Titulación de los Territorios Indígenas del Perú, considera que la forma adecuada de garantizar la protección del derecho de propiedad sobre los territorios indígenas de las comunidades nativas incluye tanto un territorio correctamente delimitado, adecuado a las necesidades y usos del grupo humano que lo ocupa, así como un título inscrito en el registro respectivo, con el objetivo de hacer público y oponible ante terceros tal derecho.

“Es esta idea de protección la que debe guiar nuestro sistema normativo y el accionar de las entidades competentes en cada etapa”, concluye Sánchez.

Conoce más sobre el proyecto con estas infografías que hemos preparado:

Elaboración: SPDA / Fuentes: Dirección Regional de Agricultura de Loreto, Secretaria de la Convención para la Diversidad Biológica, Lista Roja UICN.

En Loreto, el 37% de 1211 comunidades reconocidas hasta la fecha aún esperan por la titulación de su territorio. Elaboración: SPDA / Fuentes: Dirección Regional de Agricultura de Loreto.

 

DATOS:

  • En el marco del Proyecto Titulación de los Territorios Indígenas del Perú, financiado por The Tenure Facility, se ha fortalecido la seguridad jurídica de 904 680 hectáreas de territorios de pueblos indígenas de Loreto, a través de: 10 Georreferenciaciones, 23 ampliaciones, 43 títulos. Todos estos procesos beneficiaron a 72 comunidades nativas de Loreto durante los años 2017 y 2020.

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