10 puntos para entender la “Ley de Plásticos” aprobada en el Congreso
jueves 6 de diciembre, 2018
En un hecho histórico, el Pleno del Congreso aprobó ayer, 5 de diciembre, la denominada “Ley de Plásticos”, norma busca regular la fabricación, importación, distribución y consumo de plásticos de un solo uso (o descartables), como bolsas, cañitas, tecnopor, entre otros, con el fin de proteger el ambiente y la salud de la contaminación generada por los residuos que dejan estos productos.
Para entender un poco más los alcances de la norma, Bruno Monteferri, director de Conservamos por Naturaleza de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) explica el tema en 10 puntos centrales:
1. ¿Ya está vigente?
La ley (en realidad la autógrafa) ya fue aprobada por el Congreso de la República. Falta que sea promulgada por el presidente Martín Vizcarra, y entrará en vigencia un día después de su publicación en el diario oficial El Peruano. Además, da 180 días para que sea reglamentada por el Ministerio del Ambiente (Minam).
2. ¿Qué regula?
La norma regula el uso de plástico de un solo uso, otros plásticos no reutilizables, y recipientes o envases descartables de poliestireno expandido (comúnmente conocido como tecnopor en el Perú) para bebidas y alimentos de consumo humano en todo el país. La regulación se realizará a través de medidas de prohibición, cobro, sensibilización, educación, entre otras. Estas medidas exceptúan a las bolsas que se usan para trasladar alimentos a granel o de origen animal, o las que se justifique su uso por razones de asepsia e inocuidad, limpieza, higiene o salud. Tampoco aplica a las cañitas que se dan en hospitales y clínicas. Un cambio que se hizo al final fue incorporar como excepción a las cañitas que se usan en jugos o yogurts como parte del producto y que puedan reciclarse con el mismo. La cuestión de si esas cañitas pueden ser efectivamente recicladas en el Perú y las demás excepciones deben ser revisadas con detalle en el Reglamento.
3. ¿Qué prohíbe en un plazo de 120 días y en 12 meses?
- Se prohíbe en un plazo de 120 días, la venta, compra y uso de plásticos de un solo uso (bolsas, cañitas y envases de poliestireno expandido) en las áreas naturales protegidas, playas, museos, áreas declaradas como Patrimonio Natural o Cultural de la Humanidad y organizaciones estatales.
- La entrega de publicidad impresa y diarios en envolturas de plástico. Así que diarios, empresas de telefonía, municipalidades, bancos, empresas, partidos haciendo campañas, deben adecuarse a la norma.
- En 12 meses, se prohíbe la fabricación para el consumo interno, importación, distribución, entrega, comercialización de cañitas, salvo aquellas que sean necesarias para la asistencia médica y se prohíbe, además, las bolsas plásticas con un área menor a 900 cm2 y de menos de 50 micras, así como las que no sean no biodegradables (especificando que no basta con las que tienen aditivos que las fragmentan en microplásticos como las oxodegradables), y cañitas, salvo aquellas que se necesiten por temas de salud.
4. ¿Qué prohíbe en un plazo de 36 meses?
- La entrega en supermercados, autoservicios, comercios en general y almacenes de bolsas de plástico no reutilizables, que tienen que ser reemplazadas por bolsas reutilizables u otras cuya degradación no generen microplásticos. Además, prohíbe que estos establecimientos entreguen gratuitamente bolsas desde la entrada en vigencia de la ley. Por ello, se recomienda comprar bolsas reutilizables porque a largo plazo será un ahorro para tu bolsillo y contribuirás con la salud del planeta.
- La fabricación, importación y comercio de bolsas, platos, envases de poliestireno expandido (mal conocido como tecnopor), vasos y otros utensilios que no sean biodegradables o reutilizables. Algo que se cambió al final de la norma es que no se prohíbe si son fabricadas para ser exportadas. Esto fue una cesión ante los pedidos de la industria. Se entiende que la exportación se destina a países con mejores sistemas de gestión de residuos, pero hará más difícil la fiscalización en caso de que los productos lleguen al mundo informal en el Perú. Por otro lado, después de conversar con la industria, está claro que hay productos que pueden ser reemplazados más fácilmente, por ello toca que la industria también plantee con claridad dichas limitaciones y opciones.
5. ¿En qué consiste el impuesto a las bolsas?
La norma crea un Impuesto al Consumo de Bolsas Plásticas (además de ponerle un precio al mismo producto), que será de 0.10 en el 2019 y aumentará en 0.10 soles por año hasta llegar a 0.50 para el 2023. Esta es una práctica que ya se ha mostrado bastante efectiva cuando se ha aplicado en el Reino Unido, Colombia y otros países.
6. ¿Qué sucede con las botellas plásticas?
En el caso de las botellas plásticas para gaseosas, champú y otros artículos de aseo personal, se da un plazo de 36 meses para que tengan que incluir 15% de PET reciclado en la composición de la botella. Este es un plazo bastante amplio y el porcentaje es bajo, considerando que las principales marcas como Coca Cola ya están por encima de dicho porcentaje. Sin embargo, ayuda a que los que no lo estaban haciendo pongan al menos el pie en el acelerador. Ojalá el sector privado tome la batuta y se comprometa a plazos menores.
7. ¿Qué instituciones están involucradas?
El Minam, Ministerio de Educación (Minedu), Ministerio de la Producción (Produce), los gobiernos regionales y las empresas, deben desarrollar estrategias de sensibilización sobre el tema. En esto podemos ayudar todos. Imaginen que en todas las entradas de los supermercados o estacionamientos haya mensajes alusivos a usar bolsas reutilizables. Estos mensajes también se pueden masificar a través de pantallas digitales que hay en la ciudad, arte urbano, espacios en buses, televisiones de los bancos y hospitales, etc. Ojalá los publicistas y empresas en este verano se pulan y ayuden en este tema.
8. ¿Quién se encarga de verificar la calidad de las bolsas biodegradables?
El Instituto Nacional de Calidad (INACAL) es el encargado de definir todos los conceptos y normas técnicas que son el fondo de esta Ley. Es decir, definirá qué califica a una bolsa como reutilizable y verdaderamente biodegradable. Un reto que acompaña esta norma es contar con los equipos y capacidades para hacer pruebas, como laboratorios para poder hacer las pruebas respectivas y confirmar que los productos que se importen y fabriquen sean realmente biodegradables. Estas normas técnicas definen el marco para la aprobación de reglamentos técnicos por decreto supremo. Esto debería ser priorizado inmediatamente o puede convertirse en un cuello de botella.
9. ¿Por qué las empresas deben ingresar a un registro?
Para mejorar la fiscalización y formalidad, la norma crea un Registro de Fabricantes, Importadores y Distribuidores. Así que quienes estén en el negocio, tienen 120 días para registrarse. Este registro es gestionado por el Minam, Produce, Sunat y Aduanas. Asimismo, define qué fiscaliza y supervisa cada una de las entidades. Las tipificaciones y sanciones serán definidas en el reglamento.
10. ¿Qué le toca a las empresas y ciudadanos?
La ley es un gran paso. Pero el aprovecharla para que sea efectiva depende de todos. Hay mil oportunidades de negocios que se van a generar. Aprovechemos el momento para hacer la transición que queremos, nos merecemos y necesitamos. Las empresas y los ciudadanos tenemos que dar el ejemplo y ser consecuente con nuestras acciones.
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