En conferencia de prensa, la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA) y el Instituto de Defensa Legal (IDL) solicitaron al Congreso la derogación de los decretos de urgencia (DU) 001-2011 y 002-2011, porque generarían conflictos sociales debido a que atentan contra el medio ambiente y vulneran el derecho de las comunidades indígenas a la consulta previa.
Como señalan estos DU, los proyectos de inversión quedarían exonerados de presentar los estudios de impacto ambiental como requisito para la obtención de certificaciones administrativas. Dentro de estos proyectos se encuentran algunos relacionados a centrales hidroeléctricas.
Mariano Castro, abogado de la SPDA, señaló que estos DU generan una suspicacia debido a que no se especifican los proyectos referidos a centrales hidroeléctricas. Esta incertidumbre se da porque los proyectos incluidos tienen o han tenido una concesión temporal, como es el caso de la Central Hidroeléctrica Inambari.
Pese a que ProInversión afirmó que Inambari no está en esta lista proyectos, Mariano Castro no descarta que esta central hidroeléctrica se ampare en los DU para conseguir la concesión final, lo cual no sólo significaría un atentado contra el medio ambiente, sino que además provocaría un conflicto social.
DECRETOS SON INCONSTITUCIONALES
Por su parte, el abogado de IDL, Juan Carlos Ruiz, resaltó la inconstitucionalidad de estos DU debido a que se han violado los procedimientos y se han comprometido a otros derechos fundamentales, como el derecho a la consulta de la población en obras que afectan el entorno donde habitan.
Según explicó Ruiz, los decretos de urgencia se expiden solo cuando se legisla en materia económica y financiera, cuando se está ante una situación excepcional e imprevisible, cuando exista una urgencia, un interés nacional, entre otros. Por tanto, como no estamos ante esas situaciones, estos DU se vuelven inconstitucionales.
“Los proyectos de inversión son importantes, pero eso debe conciliarse con los derechos de los pueblos indígenas que tienen rango constitucional y que están siendo, de alguna manera, dejados de lado lamentablemente”, indicó el representante de IDL.
En respuesta al Ministerio del Ambiente, que apoyó estos decretos amparándose al DU 121-2009, que mencionaba que “las certificaciones ambientales (…) no serán requisito para la obtención de las autorizaciones administrativas de carácter sectorial, otorgadas por dichas entidades, para el ejercicio de las actividades económicas materia del proyecto adjudicado”, Mariano Castro señaló que ya no serían dos, sino tres los decretos inconstitucionales.
Ambos representantes estuvieron de acuerdo en derogación de estos decretos, por lo que el Congreso deberá tomar las medidas inmediatas, sino corresponderá al Poder Judicial dejarlos sin efecto o al Tribunal Constitucional (TC), ejercer un proceso de inconstitucionalidad de los mismos.
Ruiz recordó además lo sucedido con Majes Siguas II, proyecto destinado a llevar agua de Cusco a Arequipa, y que se pretendió ejecutar sin presentar un estudio de impacto ambiental ni se hizo un balance hídrico, por lo que la población cusqueña se levantó y protestó para reclamar su derecho a la consulta. Esto sembró un precedente, lo cual se pude repetir si otros proyectos son ejecutados bajo la misma modalidad.
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Foto: SPDA
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REPRESAS SON CAUSA DE SISTEMÁTICA Y GRAVE VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS, CONCLUYE COMISIÓN MULTIDICIPLINARIA DE ALTO NIVEL DEL BRASIL TRAS CUATRO AÑOS DE EXHAUSTIVA INVESTIGACIÓN
Informe destaca violaciones de los derechos humanos durante el proceso de implementación y construcción de represas en Brasil
26 ene 2011 – el Movimiento de Afectados por Represas (MAB), el Instituto de Investigación y Planificación Urbana y Regional (IPPUR) de la Universidade Federal do Rio de Janeiro – UFRJ y Justicia Global lanzaron el informe del Comité Especial del Consejo de Defensa de los Derechos de la Persona Humana (CDDPH), que analizó durante cuatro años, las denuncias de violaciones de derechos humanos durante el proceso de implementación de las represas en Brasil.
El lanzamiento fue en la sede del Colegio de Abogados de Brasil (OAB) en Río de Janeiro, al que asistieron la ministra de Estado, Maria do Rosário, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Presidencia y representantes del Colegio de Abogados, y los miembros de la Comisión Especial Profesor Carlos Vainer, de la UFRJ, y Ricardo Montagner, del MAB.
Según el informe, aprobado por CDDPH en noviembre de 2010, «Los estudios de caso mostraron que el patrón actual de implementación de represas ha propiciado, de manera recurrente, violaciones masivas de los derechos humanos, cuyas consecuencias en última instancia, acentúan las desigualdades sociales ya grave , dando lugar a situaciones de miseria y desestructuración social, familiar e individual. »
La Comisión identificó en los casos analizados, un conjunto de 16 derechos humanos violados sistemáticamente, entre los cuales hay que mencionar el derecho a la información y la participación, el derecho al trabajo y un nivel de vida digno, el derecho a una vivienda adecuada, el derecho a la mejora continua de las condiciones de vida y el derecho a una indemnización plena de las pérdidas.
Entre los factores clave que causan violaciones de los derechos humanos en la implementación de las represas, se destacan en el informe, la precariedad y la falta de estudios ambientales realizados por los gobiernos federal y estatal, y la definición limitada y restrictiva del término “afectados por represas” que las empresas reconocen y aplican.
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Relatório aponta violações de direitos humanos no processo de implantação de barragens no Brasil
Nesta quarta-feira, dia 26 de janeiro, o Movimento dos Atingidos por Barragens (MAB), o Instituto de Pesquisa e Planejamento Urbano e Regional (IPPUR) da UFRJ e a Justiça Global lançaram o relatório da Comissão Especial do Conselho de Defesa dos Direitos da Pessoa Humana (CDDPH), que analisou, durante 4 anos, denúncias de violações de direitos humanos no processo de implantação de barragens no Brasil.
O lançamento foi na sede da Ordem dos Advogados do Brasil (OAB) do Rio de Janeiro, com a presença da Ministra de Estado, Maria do Rosário, da Secretaria dos Direitos Humanos da Presidência da República; representantes da OAB; e os integrantes da Comissão Especial, Professor Carlos Vainer, da UFRJ, e Ricardo Montagner, do MAB.
Segundo o relatório, aprovado pelo CDDPH em novembro de 2010, “os estudos de caso permitiram concluir que o padrão vigente de implantação de barragens tem propiciado, de maneira recorrente, graves violações de direitos humanos, cujas conseqüências acabam por acentuar as já graves desigualdades sociais, traduzindo-se em situações de miséria e desestruturação social, familiar e individual”.
A Comissão identificou, nos casos analisados, um conjunto de 16 direitos humanos sistematicamente violados, dentre os quais, merecem destaque o direito à informação e à participação; direito ao trabalho e a um padrão digno de vida; direito à moradia adequada; direito à melhoria contínua das condições de vida e direito à plena reparação das perdas.
Entre os principais fatores, apontados pelo relatório, que causam as violações de direitos humanos na implantação de barragens estão a precariedade e insuficiência dos estudos ambientais realizados pelos governos federal e estaduais, e a definição restritiva e limitada do conceito de atingido adotados pelas empresas.
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malcolm.allison@gmail.com