Mediante un comunicado, el Instituto de Defensa Legal (IDL) solicitó al Congreso de la República derogar los decretos de urgencia 001-2011 y 002-2011 por ser inconstitucionales, ya que estos tienen un carácter administrativo y no económico ni financiero; tampoco se está ante una situación excepcional extraordinaria y menos previsible.
Como ya lo han cuestionado otras organizaciones y especialistas, estos decretos excluyen como requisito a las certificaciones ambientales para la obtención de autorizaciones administrativas y no toman en cuenta la consulta previa con las poblaciones indígenas.
Para IDL los proyectos señalados en los decretos de urgencia, relacionados con la construcción de obras públicas y centrales hidroeléctricas, deben cumplir con el trámite legal establecido, sin prisas que pueden desencadenar suspicacias y descontentos por parte de la población que exige la ejecución de estos proyectos pero sin sacrificar el medio ambiente y realizando la consulta previa a los pueblos indígenas.
“Estos decretos de urgencia afectan derechos fundamentales que limitan la facultad legislativa del Congreso. En primer lugar, según el art. 2 inciso 22 de la Constitución, se viola el derecho a un medio ambiente equilibrado pues las certificaciones ambientales ya no serán requeridas al momento de solicitar las autorizaciones administrativas sino antes del inicio de la ejecución de la obra”, aclara IDL.
Por otro lado, estos decretos establecen de manera implícita que no habrá derecho a la consulta previa cuando las obras se realicen en territorios indígenas, lo cual sería improcedente, ya que iría en contra del Convenio 169 de la OIT que tiene rango constitucional y la jurisprudencia vinculante con el Tribunal Constitucional.
La consulta previa consiste en establecer un proceso de diálogo entre el Estado y los pueblos indígenas, donde los últimos tendrán toda la información sobre los posibles impactos ambientales, con lo cual podrán evaluar y deliberar si están de acuerdo con la decisión del Gobierno.
Finalmente, el IDL advierte que si el Congreso no deroga estos decretos, “corresponderá al Poder Judicial dejarlos sin efecto o al Tribunal Constitucional (TC), ejercer un proceso de inconstitucionalidad de los mismos”.
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Foto: Thomas Müller
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También hay que considerar que existen jurisprudencia por parte de la Corte Interamericanan de Derechos Humanos, en relación a la consulta y los estudios de impacto ambiental, ademas de la Convención de las Naciones Unidas sobre Pueblos indigenas de la cual el Perú es parte. Otra vez un gobierno que pretende cerrar su mandato con su sello típico de favorecer el canibalismo de la inversión.