Por la Iniciativa de Gobernanza Marina de la SPDA*
En diciembre de 2018, Ojo-Publico.com alertó sobre el descubrimiento, hecho por Aduanas del Callao, de contenedores con cerca de 25 toneladas de aletas dorsales de “tiburón azul”, “tiburón zorro” y otras especies incluidas en la Lista Roja de la IUCN, de presunto origen ilegal asociado a capturas en el norte de Perú y el Ecuador.
Recientemente, en enero de 2019, el mismo portal de investigación reportó la intervención -por parte de Aduanas- de otras 10 toneladas de aletas de origen sospechoso en almacenes del Callao, señalando la participación de varias compañías compuestas por ciudadanos chinos, peruanos y ecuatorianos, en una presunta organización criminal internacional que tendría la capacidad de conseguir permisos válidos del Ministerio de la Producción (Produce).
Al momento se estableció que diferentes compañías (algunas de ellas con sede en Perú) son dueñas de las cargas, las que importan aletas desde Ecuador, para luego exportarlas a los mercados de China continental y Hong Kong, donde tienen valor gastronómico y afrodisíaco. Según los investigadores de Aduanas, el valor comercial solo de las 25 toneladas de aletas, descubiertas el año pasado, era de aproximadamente US$ 630 mil, pero el costo que representan dichas capturas en términos de servicios ecosistémicos marinos es invaluable.
La más reciente estadística global disponible señala que en el año 2016 se desembarcaron cerca de 770 mil toneladas de tiburones, rayas, quimeras y otros condrictios[1]. Decenas de millones de tiburones a nivel mundial son capturados, para el retiro de sus aletas, y el aprovechamiento de su carne o aceite. Las aletas de tiburón se emplean en la preparación de sopa que, pese a ser un plato caro en la cocina asiática (US$100 por plato), ganó popularidad entre la creciente clase media china. Esto hizo del comercio de aletas de tiburón una industria con una alta rentabilidad económica, pero genera sobrepesca de tiburones y amenaza la sostenibilidad de los ecosistemas marinos por el rol que cumplen estas especies en los océanos. Por esta razón, la captura de tiburones con el objetivo de retirar sus aletas (finning) está prohibido en diversos países.
¿Por qué son importantes los tiburones en los océanos?
Los tiburones y rayas (algunas de las cuales son también denominadas “mantarrayas”), son parte de un antiguo grupo de peces que han habitado nuestros océanos por cientos de millones de años. Se caracterizan por su esqueleto cartilaginoso, poseer entre 5 y 7 pares de sacos branquiales que se abren por orificios separados, una boca ventral (con varias hileras de dientes en el caso de los tiburones) y pequeñas escamas (denominada dentículos) que dan a su piel un aspecto de lija.
Si viésemos fotos de millones de tortugas marinas siendo capturadas para extraer su caparazón, probablemente condenaríamos el acto en masa. Sin embargo, hay especies de tiburones amenazadas de extinción como las tortugas, cuya captura por millones para quitar sus aletas no genera la misma reacción que generan otras especies. La insensibilidad del público hacia los tiburones se debe en gran medida a la idea simplista del tiburón como una amenaza, generada con la popularización del film “Tiburón” de Spielberg, pero también se debe a la ignorancia sobre su importancia ecológica. Un estudio[2] determinó que aunque el consumo de carne de tiburón es común en la costa peruana, muchos consumidores ignoran que están consumiendo especies de tiburones (en gran medida por el uso del término genérico “tollo”). Además, ignoran que existe una alta biodiversidad de tiburones en el Perú, y mantienen errores conceptuales y actitudes negativas hacia los tiburones, lo que puede dificultar las medidas dirigidas a conservar este grupo de peces.
Como grandes depredadores y dada su variada alimentación, los tiburones ayudan a mantener el equilibrio de la cadena alimenticia oceánica, y con ello la biodiversidad de ecosistemas (por ejemplo arrecifes), contribuyen a mantener poblaciones sanas de otras especies al cazar sus ejemplares más débiles y enfermos, y aportan a mantener la productividad en otras pesquerías, entre otros servicios ecosistémicos.
En el Perú, de 66 especies de tiburones registradas, 32 se aprovechan para la pesca. Las más comerciales son “tiburón azul” (Prionace glauca), “tiburón diamante” (Isurus oxyrinchus), “tiburón martillo” (Sphyrna zygaena) y “tiburón zorro” (Alopias vulpinus). Desde el año 2001, se instauró la regulación para controlar la Talla Mínima de Captura y el Porcentaje de Tolerancia Máxima de Captura de juveniles (RM 209-2001-PE), considerando las especies: «tiburón» (Carcharhinus spp.) con 150 cm y 15%, «tiburón azul» con 160 cm y 15%, «tiburón diamante» con 170 cm y 15%, «tollo» (Mustelus whitneyi) con 60 cm y 20%, «tollo blanco» (M. mento) con 60 cm y 20% y «tollo pintado» (Triakis maculata) con 60 cm y 20%. Además, se estableció que el tamaño de malla mínimo para la extracción de tiburones y rayas con redes tipo cortina debe estar entre 20 y 33 cm.
Posteriormente, en vista del incremento de los desembarques y la preocupación internacional por su conservación, en el año 2014 el Perú aprobó el “Plan de Acción Nacional para la Conservación y Ordenamiento de Tiburones, Rayas y Especies afines en el Perú” (PAN-Tib). Además, se cuenta con 2 especies catalogadas como protegidas: “tiburón ballena” (Rhincodon typus, con la RM 331-2017-PRODUCE) y “mantarraya gigante” (Manta birostris, con la RM 441-2015-PRODUCE)
Otras medidas de ordenamiento pesquero relacionadas a los tiburones, incluyen:
- Una veda para el “tiburón martillo”, del 1 de enero al 10 de marzo de cada año (RM 008-2016-PRODUCE).
- Prohibición para desembarcar aletas sueltas, tenencia y utilización del «arpón animalero”, usar puntos no autorizados de desembarque y descarga. Además de la exigencia de contar con un Certificado de Desembarque y Acta de Inspección para el transporte y almacenamiento del recurso tiburón (DS 021-2016-PRODUCE).
- Establecimiento de una cuota de 470 toneladas (variable cada año según estudios técnicos) de “tiburón martillo” para la flota artesanal, entre los meses de marzo a diciembre de cada año (RM 129-2017-PRODUCE).
Por otro lado, 17 especies de tiburones, rayas y otros elasmobranquios presentes en aguas peruanas están incluidas en el Apéndice II (ver lista abajo) del acuerdo que regula el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES), del cual el Perú es Parte, lo que implica que su comercio internacional se permite pero se controla. Dichas especies son: “tiburón oceánico” (Carcharhinus longimanus en condición vulnerable o “VU”, según la IUCN), “tiburón martillo común” (Sphyrna lewini, en condición de peligro o “EN”, según la IUCN), “tiburón martillo gigante (Sphyrna mokarran, “EN”), “tiburón martillo liso” (Sphyrna zygaena, “VU”), “tiburón peregrino (Cetorhinus maximus, “VU”), “tiburón blanco” (Carcharodon carcharias, “VU”), “tiburón callón (Lamna nasus, “VU”), “tiburón ballena (Rhincodon typus, “VU”), tiburones “zorro” (Alopias vulpinus, A. pelagicus y A. superciliosus, “VU”), “tollo mantequero” o “tiburón sedoso” (Carcharhinus falciformis, “VU”) y mantas “diablo” (Mobula japanica M. munkiana y M. thurstoni, las 3 en condición de casi amenazada o “NT”, según la IUCN y M. tarapacana, “VU”).
Lista de elasmobranquios (tiburones y rayas) presentes en Perú que se encuentran incluidos en el Apéndice II de CITES.
Especie | Nombre común | Fecha de inclusión |
Alopias pelagicus | Tiburón zorro pelágico | 2017 |
Alopias vulpinus | Tiburón zorro común | 2017 |
Alopias superciliosus | Tiburón zorro ojón | 2017 |
Carcharhinus falciformis | Tiburón sedoso | 2017 |
Mobula eregoodootenkee | Raya diablo | 2017 |
Mobula hypostoma | Raya diablo | 2017 |
Mobula japanica (M. mobular) | Raya diablo | 2017 |
Mobula kuhlii | Raya diablo | 2017 |
Mobula munkiana | Raya diablo | 2017 |
Mobula rochebrunei | Raya diablo | 2017 |
Mobula tarapacana | Raya diablo | 2017 |
Mobula thurstoni | Raya diablo | 2017 |
Mobula birostris | Mantarraya gigante | 2013 |
Mobula alfredi | Mantarraya de arrecife | 2013 |
Sphyrna zygaena | Tiburón martillo | 2013 |
Sphyrna mokarran | Tiburón martillo grande | 2013 |
Sphyrna lewini | Tiburón martillo | 2013 |
Lamna nasus | Cazón | 2013 |
Carcharhinus longimanus | Tiburón oceánico punta blanca | 2013 |
Pristidae | Pez sierra (7 especies) | 2007 |
Carchodon carcharias | Tiburón blanco | 2005 |
Rhincodon typus | Tiburón ballena | 2003 |
Cetorhinus maximum | Tiburón peregrino | 2003 |
Recientemente se ha emitido una norma (RM 188-2018-PRODUCE) que estableció la captura total permisible para el recurso “tiburón martillo” (S. zygaena) para la flota artesanal durante el año 2018, así como una fecha de cierre para el periodo extractivo (31 de diciembre de 2018). Esta norma menciona que, de acuerdo al IMARPE, el recurso se encuentra en explotación plena, por lo que se debería evitar el incremento de flota para esta pesquería.
Finalmente, se dispone actualmente en la web de una guía de campo para la identificación de especies de tiburones en la pesca artesanal del Perú publicadas por el Instituto del Mar del Perú (link).
Como vemos, en el Perú se han dado varios avances que buscan mejorar la gestión pesquera para evitar poner en mayor riesgo a diferentes especies de tiburones. Sin embargo, aún hay mucho más por hacer.
Desde la SPDA, consideramos que hay cambios cruciales por implementar, como: i) implementar al menos un Reglamento de Ordenamiento Pesquero general para las especies de tiburones y rayas, ii) categorizar el nivel de explotación por cada una de las especies antes consideradas, y iii) crear una comisión multisectorial para combatir la pesca INDNR en aguas peruanas, tal como se hizo en el caso de la tala ilegal.
Está claro que si los pescadores, supermercados y los restaurantes siguen comercializando diversas especies de tiburón sin diferenciar qué especies son y llamándolos “tollo”, pondremos en mayor amenaza a especies que están en el planeta millones de años antes que nosotros y que cumplen un rol clave en nuestro ecosistema. Para lograrlo, tenemos que comenzar a cambiar nuestra percepción de los tiburones y esta es una tarea que nos compete a todos.
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* En la elaboración de este artículo también colaboraron Rocío Lopez de la Lama y Ximena Velez-Zuazo.
[1] http://www.fao.org/figis/
[2] López de la Lama, R. De la Puente, S. y Riveros J.C. (2018). Attitudes and misconceptions towards sharks and shark meat consumption along the Peruvian coast. PLoS ONE 13(8): e0202971.
https://doi.org/10.1371/journal.pone.0202971
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