Se podrá denunciar casos de tala ilegal usando las redes sociales
domingo 3 de enero, 2016
Buscando frenar la tala ilegal, que solo entre el 2000 y el 2013 causó la pérdida de 1,335.015 hectáreas a nivel nacional (un área superior al distrito de San Isidro: 11.1 km2 o equivalente a 4 distritos pequeños como Barranco, Breña, Jesus María y Lince) el Serfor (Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre) ha implementado una plataforma para recibir denuncias a través de las redes sociales:
– En la web de Serfor, en el link “Alerta Serfor”, aparecen las 6 opciones para hacer las denuncias:
– Vía Whatsapp (947-588269)
– Al Facebook (Facebook/serforperu)
– Vía Twitter (A @Serforperu con el hashtag #AlertaSerfor)
– Llamando al 01225-9005 anexo 5203.
– Enviando un mail a alerta@serfor.gob.pe
– Completando un formulario online en la web.
Otras maneras de hacer la denuncia son:
– Contactando a la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) o la sede del gobierno regional más cercana.
– Llamando de forma anónima a la Dirección de Control de la Gestión del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre (DCGPFFS) al 225-9005 anexo 5203.
– Informando a cualquier institución del Ministerio Público o de la Policía Nacional del Perú.
De acuerdo al Código Penal, en el Perú la tala ilegal de árboles y la asociación para delinquir por este delito pueden ser sancionadas hasta con prisión efectiva.
En Actualidad Ambiental consultamos con Jean Pierre Araujo, abogado del Programa Forestal de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, algunos temas relacionados a cómo se viene luchando contra la tala ilegal en el país.
1.- ¿Han cambiado las sanciones por tala ilegal desde que entró en vigencia el reglamento de la nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley 29763)?
“Lo que se ha hecho a nivel de infracciones y sanciones es que se ha separado los tipos de infracciones y se han merituado como leves, graves y muy graves. Este orden está alineado al tipo de sanción que se puede imponer. Las leves pueden ser sancionadas desde una amonestación hasta 3 UIT (1 UIT: 3.950 soles), las graves pueden ser sancionadas entre 3 y 10 UIT y para las muy graves, la sanción mínima es 10 UIT. Dentro de las muy graves, una recurrente es el tráfico, transporte o comercialización de madera ilegal, que está gravado con 10 UIT: desde quien es encontrado en un motocar con 5 sacos de carbón extraídos ilegalmente de nuestros bosque secos o quien es encontrado en la Amazonía con un camión lleno de madera. Para cada uno la sanción mínima sería de 10 UIT. Al del camión se le podrían aplicar tal vez alguno de los criterios de gradualidad como gravedad de los daños generados, costos evitados por el infractor, costos administrativos para la imposición de la sanción, categoría de amenaza de la especie, entre otros, y estas 10 UIT podrían ser mucho mayores. Comparando la actual situación con lo regulado por la Ley N° 27308, se puede decir que ahora existen mayores herramientas para luchar de manera administrativa contra la tala ilegal”.
2.- ¿La sanción administrativa anula la posibilidad de que haya prisión efectiva para quien comete tala ilegal y es detenido?
“La responsabilidad administrativa va por un camino que básicamente lo ejecutan e implementan ya sea el Serfor con sus ATFFs o los gobiernos regionales. El tema penal, la persecución y lograr que se ordene la prisión efectiva pasa por un trabajo de mediano o largo plazo que requiere una investigación fiscal y la respectiva sustentación del caso ante el Juez Penal, a fin de que él dictamine la pena a ser aplicada”.
3.- A partir de la nueva Ley Forestal y de Fauna Silvestre, ¿deberíamos esperar que más personas que realicen tala ilegal terminen con prisión efectiva?
“El objetivo de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre es promover las actividades sostenibles. Para ello requiere un balance entre promover, incentivar, brindar seguridad jurídica y predictibilidad, y contar con un régimen que desincentive las conductas ilícitas. Para esto último cuenta con mecanismos de sanción. En ese sentido, lo que debemos esperar es que el Estado trabaje con las comunidades nativas, pobladores locales e inversionistas en la implementación inmediata de la Ley N° 29763. Para lograr esto se debe dotar del presupuesto necesario a las autoridades nacionales y regionales para que cada una cumpla sus funciones. La tarea de perseguir delitos está a cargo del Ministerio Público y el Poder Judicial. Ello no debe ser el núcleo de la gestión de nuestros recursos forestales y de fauna silvestre.”
4.- ¿En quién debería centrarse la acción penal en la lucha contra la tala ilegal?
“El tema penal debería estar enfocado básicamente en las cadenas delictivas y no preocuparse tanto en los casos individuales. Para eso debería haber una sanción administrativa fuerte y excepcionalmente si es que es muy recurrente, una sanción penal. Pero viendo el caso de cadenas de comercio, que parece que están enlazadas unas a otras y hacen que sea todo un cuerpo delictivo, ahí debería enfocarse el tema penal que se ve en el caso de tráfico, comercialización y se podría hasta analizar algún caso vinculado a la instalación de inversiones agrarias en selva y ceja de selva que habrían generado la pérdida de cobertura de bosques”.
5.- ¿Tenemos en Lima problemas de tala ilegal?
“En Lima también podemos ver los impactos de la tala ilegal. No olvidemos que gran parte de la madera que se comercializa termina en Lima, ya sea para el consumo local o para su exportación a través del Puerto del Callao. Definitivamente los impactos más significativos de la tala ilegal los vemos en las regiones amazónicas donde se encuentran las especies maderables más valiosas en el mercado. Sin embargo, no podemos perder de vista la problemática de otros ecosistemas como los bosques secos ubicados en nuestra costa, por ejemplo, los cuales se ven amenazados por actividades ilegales vinculadas a la elaboración de parquet o carbón.
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