Luego de asumir la competencia para ejercer funciones de vigilancia, control, supervisión y sanción sobre el cumplimiento de la Ley de moratoria al ingreso de organismos vivos modificados (OVM o también conocidos como transgénicos), el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) informó que existen multas que van de 50 a 1000 UIT para los que infringen la norma.
Como se recuerda, la ley de moratoria (Ley 29811) tiene por finalidad fortalecer las capacidades, desarrollar la infraestructura y generar las líneas de base respecto de la biodiversidad nativa que permita una adecuada evaluación de las actividades de liberación al ambiente de los OVM. Sin embargo, por falta de normativa, el OEFA no podía emitir sanciones.
Ahora, gracias a la resolución del Consejo Directivo del OEFA (012-2015), dicho organismo podrá imponer multas según el cuadro de tipificación de infracciones y escala de sanciones (Ver cuadro).
Cuentan como infracciones ingresar al territorio nacional OVM prohibidos como equipaje (acompañado o no) o envío postal (correspondencia, pequeños paquetes y otros similares). Esta infracción será sancionada con una multa de hasta 50 UIT.
Asimismo, ingresar al territorio nacional OVM como carga o envío postal (encomiendas y otros similares) será sancionada con una multa de hasta 300 UIT.
Por otro lado, producir fuera de espacios confinados o liberar en el territorio nacional OVM, será sancionado con una multa de hasta 500 UIT. Mientras que cambiar el uso de los OVM ingresados lícitamente al territorio nacional, destinándolos para fines de crianza o cultivo será sancionado con una multa de hasta 1000 UIT, la misma sanción recaerá para quienes comercialicen OVM prohibidos.
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Foto: El Comercio
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