Escribe Sharon Zabarburú / Programa de Política y Gestión Ambiental de la SPDA
Hoy en el auditorio del INDECOPI, se llevó a cabo el informe oral ante la Comisión de Eliminación Barreras Burocráticas (en adelante la Comisión), para debatir la eliminación del Aporte por Regulación (APR) que percibe actualmente el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). El pago del APR viene siendo cuestionado por las empresas Compañía Minera Vichaycocha S.A.C., Sociedad Minera Corona S.A., Compañía Minera Caudalosa S.A. y Minera Pampa de Cobre S.A., además han solicitado su eliminación.
Por un lado, las empresas sostienen que exigir el pago del APR significa modificar condiciones legales existentes, lo que implicaría una barrera burocrática para la actividad privada. Por otro lado, el OEFA sostiene que la exigibilidad del APR cumple adecuadamente con el marco constitucional y legal correspondiente.
La trascendencia de este tema radica en que actualmente el APR solventa gran porcentaje de las labores de fiscalización ambiental que realiza el OEFA; por lo que, sin perjuicio de la resolución final, hay que reflexionar sobre las implicancias de la decisión de la Comisión.
Durante el periodo enero – julio de 2014 se recaudaron aproximadamente 31 millones de nuevos soles de los cuales 30 millones fueron utilizados para financiar la fiscalización ambiental. De eliminarse el APR, que representa un recurso esencial para el OEFA, queda preguntarse ¿de dónde provendrán entonces los fondos para ejercer una fiscalización ambiental adecuada?
Recordemos que la fiscalización ambiental es una de las actividades más importantes del país, porque permite asegurar el cumplimiento de la normatividad, así como de los compromisos y obligaciones ambientales. La fiscalización ambiental contribuye a seguir construyendo confianza en la población pues es importante tener una autoridad garante de la protección ambiental; asimismo, permite mejorar progresivamente los estándares ambientales, ya que el objetivo de la fiscalización no es sancionar sino prevenir los daños y problemas ambientales.
Con la fiscalización ambiental, además, se desea evitar cualquier vulneración a derechos fundamentales: derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado, derecho a la salud de las personas y derecho a la integridad. Todos estos derechos son esenciales para toda persona y que se encuentran contemplados en nuestra Constitución Política.
Como ciudadanos es importante estar atentos a lo que se resuelva en la Comisión, así como en otras instancias donde se esté debatiendo este asunto.
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Foto: OEFA
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