El Viceministerio de Desarrollo Estratégico del Ministerio del Ambiente (Minam) señaló que el proyecto de ley 1035-2011 que promueve la interconexión terrestre entre Puerto Esperanza (Ucayali) e Iñapari (Madre de Dios) tendría que someterse a Ley de Consulta Previa, debido a que afectaría los territorios de pueblos indígenas en aislamiento voluntario, contacto inicial o esporádico pertenecientes a los grupos étnicos Mashco, Mashco-Piros y Curanjeños.
Dicho organismo también resaltó la necesidad de “priorizar acciones inmediatas desde los diferentes sectores competentes, a fin de plantear propuestas conjuntas que contribuyan a la integración de la población de la provincia de Purús” para que el Estado atienda las necesidades de dicha zona.
El Minam también aclaró que las Áreas Naturales Protegidas (ANP) y Reserva Territorial, “no constituyen una limitación al desarrollo ni contribuyen al aislamiento” de la mencionada provincia, sino que buscan proteger las áreas en donde habitan los indígenas, así como conservar la diversidad biológica del área y el manejo sostenible de los recursos para beneficio de las poblaciones locales”.
FORTALECIMIENTO DEL PUENTE AÉREO
El sector también propuso plantear propuestas de interconexión en el marco del Plan de Acción para la Provincia de Purús (aprobado por decreto supremo 038-2008), el cual tiene entre sus lineamientos superar el problema de accesibilidad de la provincia. Cabe resaltar que estas propuestas consideran una vía fluvial o aérea, pero no terrestre.
Por ello, el Minam también indicó que es necesario “fortalecer la cobertura del actual puente aéreo para atender de manera inmediata la problemática de conectividad”. El Plan Purús tiene un alcance de cinco años y busca impulsar los procesos de desarrollo sostenible para mejorar las condiciones de vida de los pobladores de la provincia en temas de educación, salud, entre otros.
PROYECTO DE LEY ES INCONSTITUCIONAL
Al igual que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegida por el Estado (Sernanp), el Viceministerio de Desarrollo Estratégico del Minam también concluyó que el proyecto de ley que promueve la vía terrestre Puerto Esperanza – Iñapari “contraviene la normatividad vigente que regula y protege las ANP, las Reservas Territoriales para Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario”.
Cabe resaltar que dicho proyecto de ley fue presentado por el legislador Carlos Tubino (Grupo Parlamentario Fujimorista) y dictaminado en la Comisión de Transportes y Comunicaciones del Congreso de la República, por lo que espera su discusión en el Pleno.
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Foto: La República
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Si en una área natural protegida de uso indirecto está prohibida la realización de actividades económicas que pongan en peligro los objetivos de protección, entonces la CONSULTA PREVIA no es la herramienta adecuada en este caso. La CONSULTA no se aplica en caso de medidas abiertamente ilegales o inconstitucionales. Que pasaría si la población indígena apoya la carretera? eso haría compatible la carretera con las normas de protección de las áreas naturales de uso indirecto? La consulta previa se aplica para aquello que es abiertamente ilegal? Me parece que no.