Legislación
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Resumen de la normativa nacional e internacional sobre este tema
Normativa internacional
Naciones Unidas ha reconocido la legitimidad y el papel decisivo que desempeñan las y los defensores de los derechos humanos y la necesidad de realizar esfuerzos especiales para protegerlos. Estos esfuerzos se concretaron en definir la “defensa” de los derechos humanos como un derecho en sí mismo y reconocer a las personas que trabajan a favor de esos derechos como defensoras y defensores de los derechos humanos. Entró en vigor en diciembre de 1998.
- Comisión Interamericana De Derechos Humanos (CIDH) – Guía práctica sobre lineamientos y recomendaciones para la elaboración de planes de mitigación de riesgos de personas defensoras de derechos humanos (Guía Práctica).
Publicado el 29 de abril de 2021
Normativa nacional
(Decreto Supremo 002-2018-JUS)
Constituye una herramienta multisectorial e integral destinada a concretar la gestión de políticas públicas en materia de derechos humanos en el país. Entró en vigor en enero de 2018.
(Decreto Supremo 004-2021-JUS)
Su objetivo es establecer los principios, medidas y procedimientos que buscan garantizar la prevención, protección y acceso a la justicia de las personas defensoras de derechos humanos frente a las situaciones de riesgo que se presenten como consecuencia de sus actividades. Fue aprobado el 22 de abril de 2021 convirtiéndose en el primer instrumento legal que permite la coordinación de ocho ministerios en materia de derechos humanos; asimismo, establece la definición de una persona defensora de derechos humanos.
Con su aprobación se derogaron el Protocolo para Garantizar la Protección de Personas de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y el Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos, cuyos objetivos y funciones fueron asumidos por el mecanismo intersectorial.
Normas asociadas al Mecanismo
(Resolución Ministerial 134-2021-MINAM)
Establece los lineamientos para la coordinación, implementación y evaluación de las acciones de prevención, reconocimiento y protección a cargo del sector ambiente en el marco de lo dispuesto en el Mecanismo Intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos. Aprobado el 25 de julio de 2021.
La directiva establece las disposiciones para la adopción de medidas de prevención de situaciones que pongan en riesgo a los grupos antes mencionados en el marco del decreto supremo que crea el Mecanismo intersectorial para la protección de personas defensoras de derechos humanos, y las competencias del Ministerio de Cultura, con el fin de propiciar un entorno adecuado para la realización de sus actividades de promoción, protección y defensa de sus derechos colectivos. Aprobado el 11 de mayo de 2022.
(Resolución Ministerial 223-2023-MIMP)
Establecer disposiciones para la prevención, atención, protección y reconocimiento de las mujeres en su diversidad defensoras de derechos humanos víctimas de violencia.
(Resolución Administrativa 025-2023/DP-PAD)
Establecer criterios y pautas de actuación uniformes que permitan una adecuada intervención de la Defensoría del Pueblo en relación a las quejas, petitorios y consultas que se presenten ante las oficinas y módulos defensoriales, frente a casos de defensores y defensoras de derechos humanos. Aprobado en junio de 2023.
Dirigido a familiares de las personas defensoras de derechos humanos:
Promueve la protección de niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de orfandad, a través del otorgamiento de una asistencia económica y acciones de acompañamiento profesional que contribuyan a garantizar su acceso a la salud, educación, proyecto de vida y les permita un desarrollo integral. Incluye a las niñas, niños y adolescentes conforme al Decreto Supremo 004-2021-JUS, que crea el Mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos. Publicado el 4 de febrero de 2022 y en mayo de ese mismo año se aprobó su reglamento.
Las Mesas Regionales para los defensores y defensoras de los derechos humanos
Desde la aprobación del Mecanismo y ante el incremento de asesinatos en nuestro país, se crearon mesas de trabajo regionales en las regiones más riesgosas para las personas defensoras del ambiente: Ucayali, Madre de Dios y San Martín.
A la fecha, solo los gobiernos regionales de Ucayali y Madre de Dios han institucionalizado este espacio a través de la Ordenanza Regional 002-2022-GRU-CR y Ordenanza Regional 016-2022-RMDD/CR, respectivamente.
En el caso de Ucayali, se declaró además de interés regional la protección de las personas defensoras de derechos humanos.